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BOAM nº 6627 (02/03/2012)
Ayuntamiento Pleno

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Acuerdos de la sesión ordinaria del Pleno celebrada el día 31 de enero de 2012.

7) Tener a D. Agustín Ortiz Martínez, en representación de la Comunidad de Propietarios de la calle Monteleón, nº 30, por desistido de su petición, presentada el día 27 de septiembre de 2011, en la que solicitó la declaración de especial interés o utilidad municipal respecto de las obras a realizar en la finca citada, a los efectos de obtener la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras correspondiente a las mismas, y asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, declarar concluso el procedimiento y proceder al archivo de la referida solicitud".

 

ÁREA DE GOBIERNO DE LA VICEALCALDÍA

 

Punto 20. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:

"Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para implantación de la actividad de oficina en la planta primera del edificio sito en la calle de Argensola, número 4, promovido por INMAFO, S.A., una vez evacuados los trámites exigidos en el Acuerdo de aprobación inicial adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 17 de febrero de 2011 sin que se hayan presentado alegaciones.

El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos tendrá una vigencia de un año a contar desde el día siguiente a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el artículo 54.3 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana RD 1346/1976 de 9 de abril".

 

Punto 21. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:

"Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos, promovido por AFRICAL, S.A., para ampliación de superficie de actividad de restaurante y salón de banquetes, en edificio exclusivo, sito en la avenida del Padre Huidobro, s/n, en el Distrito de Moncloa-Aravaca.

El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos tendrá una vigencia de un año a contar desde el día siguiente a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el artículo 54.3 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana aprobado por Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril".

 

Punto 22. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:

"Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para la implantación de la actividad de supermercado de alimentación y aparcamiento en edificio exclusivo sito en la avenida de la Democracia, número 3, promovido por la mercantil Mercadona, S.A., una vez llevados a cabo los trámites exigidos en el acuerdo de aprobación inicial adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 21 de junio de 2011, sin que se hayan presentado alegaciones.

De acuerdo con lo regulado en el artículo 7.5.4 de las Normas Urbanísticas del PGOUM, no podrá cambiarse el uso de los espacios destinados a albergar la dotación de plazas de aparcamiento del edificio, establecidas en este plan.

El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos tendrá una vigencia de un año a contar desde el día siguiente a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el artículo 54.3 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana RD 1346/1976 de 9 de abril".

 

ÁREA DE GOBIERNO DE URBANISMO Y VIVIENDA

 

Punto 23. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:

"PRIMERO.- Aprobar definitivamente, conforme a lo establecido en el artículo 61.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial de protección y mejora de los Usos en la avenida de Alfonso XIII, 54, promovido por la Embajada de la República Socialista de Vietnam. Distrito de Chamartín.

SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid".

 

Punto 24. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:

"PRIMERO.- Desestimar las alegaciones presentadas por D. Luis Manuel Fernández-Moreno y Rodríguez durante el periodo de información pública de conformidad con el informe de la Dirección General de Control de la Edificación de fecha 21 de noviembre de 2011.

SEGUNDO.- Aprobar definitivamente la Modificación del Plan Especial para la finca sita en la calle Marcenado, número 50, Distrito de Chamartín, promovida por Gestión de Patrimonios Residenciales, S.L., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma Ley.

TERCERO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal.

CUARTO.- Dar traslado a los interesados del presente acuerdo advirtiéndoles de los recursos que procedan, en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común".

 

Punto 25. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:

"PRIMERO.- Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos en la parcela M 6-1-1 del API 19.04 "Polígono Industrial de Vicálvaro", sita en la calle avenida del Parque, 2b, Distrito de Vicálvaro, promovido por Entidad IDV Madrid, S.L, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de Julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma Ley.

SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal.

TERCERO.- La vigencia del presente Plan Especial será de un año contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid".

 

Punto 26. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:

"PRIMERO.- Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Estudio de Detalle para la finca sita en la avenida Machupichu, número 65, en el Distrito de Hortaleza, promovido por D. José María Urbistondo Herranz, en representación de Newar, S.L., conforme a lo dispuesto en el artículo 60, en relación con los artículos 59.4 y 57, de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

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