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BOAM nº 7781 (10/11/2016)
Ayuntamiento Pleno

2341

Acuerdos de la sesión (19/2016), ordinaria del Pleno celebrada el día 28 de septiembre de 2016.

Punto 28. Rechazar la proposición n.º 2016/8001314, presentada por la concejala doña Sofía Miranda Esteban, del Grupo Municipal Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía, (con la aclaración dada mediante el escrito nº 2016/8001342), interesando que el coordinador del convenio de colaboración entre la Agencia para el Empleo, Madrid Destino y el Ayuntamiento de Madrid para el desarrollo de la Radio Municipal "Emisora Escuela M21", sea propuesto por el Consejo de Administración de Madrid Destino y ratificado su nombramiento por mayoría cualificada de las 3/5 partes del Pleno, que la comisión de seguimiento de esta emisora incluya de manera preceptiva a un miembro designado por cada uno de los grupos municipales de la oposición, con voz y voto, y que se establezcan convenios de colaboración con emisoras de radio que tengan estudios propios al objeto de que sean cedidos a la Radio Municipal "Emisora Escuela M21" con el fin de evitar la construcción de nuevos estudios con cargo al presupuesto municipal.

Punto 29. Rechazar la proposición n.º 2016/8001321, presentada por la concejala doña María Inmaculada Sanz Otero, del Grupo Municipal del Partido Popular, interesando que se reconozca y apoye la labor de la Policía Municipal en su función de hacer cumplir las leyes y las ordenanzas municipales; que se inste al equipo de gobierno a que se ejecute un plan integral contra la venta ambulante ilegal para el Distrito Centro y en otras zonas de Madrid donde está más extendida y que se exija a la Portavoz del Gobierno Municipal disculpas públicas por sus declaraciones de "mero forcejeo normal en este tipo de situaciones" lo que fue una "agresión a dos agentes de la Policía Municipal ".

Punto 30. Se retira por la autora de la iniciativa, mediante escrito suscrito por la misma y por la Portavoz del Grupo Municipal Socialista de Madrid, antes del comienzo de su deliberación, en los términos del artículo 65.1 del Reglamento Orgánico del Pleno, la proposición nº 2016/8001324, presentada por la concejala doña María del Mar Espinar Mesa-Moles, del Grupo Municipal Socialista de Madrid, interesando reclamar al Canal de Isabel II Gestión, S. A. y a la Comunidad de Madrid el acatamiento de la Sentencia nº 580/2016 de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid por la que se declara nula de pleno derecho la resolución de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, por la que se aprobó definitivamente el Plan Especial "definición de redes públicas depósito nº 3 del Canal de Isabel II y regulación de condiciones de protección", así como el cumplimiento inmediato de lo aprobado en la Proposición No de Ley 16(X)/2015 RGEP.2569, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, y solicitar a los servicios jurídicos y urbanísticos del Ayuntamiento de Madrid con carácter de urgencia los informes necesarios al respecto de la legalidad de las instalaciones del campo de prácticas de golf existente sobre el mencionado emplazamiento.

Punto 31. Aprobar la proposición n.º 2016/8001325, presentada conjuntamente por las concejalas doña Marta María Higueras Garrobo y doña María de las Mercedes González Fernández, de los Grupos Municipales Ahora Madrid y Socialista de Madrid, respectivamente, (con la aclaración dada mediante correo electrónico), en la redacción resultante de integrar en la misma la enmienda transaccional "in voce" planteada por el Grupo Municipal Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía, interesando que se adopten las medidas que se contemplan en relación con la renovación del contrato de arrendamiento del inmueble sito en la calle Jacobeo número 34, 2º A, por parte de la empresa Fidere Vivienda SLU, con el apoyo institucional del Ayuntamiento a estas actuaciones, y que se inste al Gobierno de la Nación y al de la Comunidad de Madrid a que se aprueben las modificaciones legislativas y normativas que se indican.

Siendo el acuerdo adoptado del siguiente tenor literal:

"EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La venta de 18 promociones de vivienda protegida por parte de la EMVS a Fondos de Inversión ha generado daños, perjuicios varios y sufrimiento a casi dos mil familias madrileñas.

Un proceso que comienza con la adjudicación de unas viviendas promovidas por la iniciativa pública, permitiendo el acceso a esas casi dos mil familias a una vivienda digna, adecuada y a unos precios "ajustados" en alquiler, con una "pseudo promesa", expresada en los actos públicos de entrega de las viviendas, de que en un futuro a medio plazo esas viviendas serían suyas, en propiedad, ejerciendo la posible compra de las mismas.

El proceso continua con la venta de ese patrimonio, que es de todos los madrileños, en un proceso cuajado de irregularidades o, al menos, de aspectos no ajustados en su totalidad a la ortodoxia debida, como se recoge tanto en el Informe de la Cámara de Cuentas, que está siendo analizado por la Fiscalía del Tribunal de Cuentas, como en las sesiones de la Comisión de Investigación, que ha llevado a cabo este Ayuntamiento y cuyas conclusiones han sido debatidas y aprobadas por unanimidad en la Comisión no Permanente de Investigación para analizar la gestión de la contratación realizada por el Ayuntamiento de Madrid, sus organismos autónomos y las empresas municipales en los tres últimos mandatos, la gestión y el origen del endeudamiento en el Ayuntamiento de Madrid, y en concreto por la EMVS, el pasado día 14 de septiembre de 2016.

Con esta venta se volvió a engañar a las familias que residían en las viviendas, al asegurarles que nada cambiaría en su situación, condiciones y derecho, y donde, según se les promete públicamente, solo cambiará el nombre de quien les cobraría las rentas, que pasará de ser la EMVS a la empresa Magic Real Estate-Blackstone / Fidere.

En el mismo momento, y ante el incumplimiento de esta nueva promesa, se producen cambios a peor, -con subidas progresivas de las rentas de arrendamiento en sus contratos de un 43%, o teniendo que volver a depositar nuevas fianzas de alquiler, etc.-, ante ello, los vecinos optan por constituir una Asociación de Afectados por la Venta de Viviendas de la EMVS, que como bien conocen, preside doña Arancha Mejías.

 

Esta persona, a requerimiento de este Ayuntamiento, comparece ante la anteriormente citada (omisión de Investigación, ejerciendo un derecho y obligación democrática. Algo que no hacen ni quienes desde el lado público llevaron a cabo el proceso de venta, ni quienes desde el lado privado se beneficiaron de ella (Magic Real Estate-Blackstone / Fidere).

No existiendo incumplimiento objetivo del contrato suscrito entre sus padres (con los que convive dada su edad y exiguos ingresos), y la sociedad arrendadora "modélica", que es Magic Real Estate-Blackstone / Fidere, no se puede presumir ninguna causa objetiva para la no renovación del contrato de alquiler que tenían vigente hasta el momento y de próximo vencimiento, por lo que sólo cabe deducir que el motivo de la resolución y no renovación del contrato de arrendamiento de la familia de Arancha Mejías, no es otro que el hecho de haber ejercicio un derecho democrático de pertenencia y presidencia de una asociación legalmente constituida, que no ha realizado actos contrarios a la legislación vigente, antes al contrario ha venido a denunciar sus notorios incumplimientos.

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