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BOAM nº 9406 (16/06/2023)
Ayuntamiento Pleno

1834

Acuerdos de la sesión (5/2023), ordinaria del Pleno celebrada el día 25 de abril de 2023.

18) Denegar la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por D.ª Carmen María Alonso Feijoo, con NIF **1091**-*, en el expediente número 711/2023/04446, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 5.e) de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por no concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración.

19) Denegar la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por D. Javier Fernández Pecharroman, en representación de Ritalque, S.L., con NIF *-**8654**, en el expediente número 711/2023/04449, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 5.e) de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por no concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración.

20) Denegar la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por D. Olger Campaña Cansino, en representación de Señoría Gestión Patrimonial, S.L., con NIF *-**2401**, en el expediente número 711/2023/04454, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 5.e) de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por no concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración.

21) Denegar la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por D.ª Nieves Belman González, en representación de D. Daniel López González de Murillo, con NIF **8626**-*, en el expediente número 711/2023/04481, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 5.e) de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por no concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración.

22) Denegar la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por D. Daniel Moisa, con NIE *-**9388*-*, en el expediente número 711/2023/04501, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 5.e) de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por no concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración".

 

Punto 25. Desestimar, en un expediente, el recurso de reposición interpuesto contra el acuerdo por el que se desestimaba la solicitud de declaración de especial interés o utilidad municipal a los efectos de la obtención de la correspondiente bonificación en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Siendo el acuerdo adoptado del siguiente tenor literal:

"Desestimar el recurso de reposición, interpuesto por Doña María Montserrat Rius Palau, con D.N.I. **6351**-* y D. Oriol LLobet Aznar, D.N.I. **1415**-*, en nombre y representación Hotel Atocha 49, S.L., con N.I.F. número ***6304**, contra el Acuerdo, de 21 de julio de 2021, del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se acordó desestimar la solicitud de declaración de especial interés o utilidad municipal, formulada, para el ejercicio 2021, por Hotel Atocha 49, S.L., de declaración de especial interés o utilidad municipal a los efectos de la bonificación en la cuota íntegra del Impuesto sobre Actividades Económicas, en lo que se refiere a la actividad con número de inscripción 8151750402024, referencia de hacienda 8927001038645, toda vez que no reúnen los requisitos establecidos en la disposición adicional séptima de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto según informe emitido por el Servicio de Recursos III, que se incorpora al presente acuerdo a los efectos del artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas".

 

Punto 26. Estimar en parte, en un expediente, el recurso de reposición interpuesto contra el acuerdo por el que se desestimaba la solicitud de declaración de especial interés o utilidad municipal a los efectos de la obtención de la correspondiente bonificación en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Siendo el acuerdo adoptado del siguiente tenor literal:

"Estimar en parte, el recurso de reposición interpuesto, por Matías Gutiérrez Plaza, NIF **7021***, en representación de INMOBILIARIA GUTIERREZ Y MARIN S.A., con NIF ***2282**, contra el Acuerdo de 22 de julio de 2020 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se desestimó la solicitud de declaración de especial interés o utilidad municipal, para las fincas:

FincasReferencia Catastral

CL CANILLAS NUM 59 (Varias fincas)3074905VK4737C

CARGOS: 66, 68 a 82

CL CANILLAS NUM 61 (Varias fincas)3074905VK4737C

CARGOS: 18 a 35; 65

CL LUIS CABRERA NUM 72. Plant:PB Pta:13074912VK4737C0002OJ

CL LUIS CABRERA NUM 74 (Varias fincas)3074905VK4737C

CARGOS: 36 a 64

a los efectos de obtener la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, toda vez que reúnen los requisitos, y en consecuencia, acordar la declaración de especial interés o utilidad municipal al cumplir los requisitos establecidos en la disposición adicional segunda de la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto vigente desde el 1 de junio de 2020, según informe emitido por el Servicio de Recursos I, que se incorpora al presente acuerdo a los efectos del artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas".

 

Punto 27. Desestimar, en cinco expedientes, otros tantos recursos de reposición interpuestos contra los acuerdos por los que se desestimaban las solicitudes de declaración de especial interés o utilidad municipal, a los efectos de la obtención de las correspondientes bonificaciones en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Siendo los acuerdos adoptados del siguiente tenor literal:

"1) Desestimar el recurso de reposición interpuesto por D. Olmo Nicolás León Huete, con NIF **3850***, contra el Acuerdo de 22 de julio de 2020 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se desestimó la solicitud de declaración de especial interés o utilidad municipal, para la finca situada en la CL ESPIRITU SANTO NUM 3, Plant: PB Pta: L2, con referencia catastral 0553203VK4705D0002EE, a los efectos de obtener la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, toda vez que no reunía los requisitos establecidos para acordar la declaración de especial interés o utilidad municipal en la disposición adicional segunda de la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto vigente desde el 1 de junio de 2020, según informe emitido por el Servicio de Recursos I, que se incorpora al presente acuerdo a los efectos del artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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