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BOAM nº 9065 (28/01/2022)
Ayuntamiento Pleno

211

Acuerdos de la sesión (20/2021), ordinaria del Pleno celebrada el día 22 de diciembre de 2021.

22) Denegar la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por D. José María Campa Villaverde, en representación de Ponca Investments 2015, S.L., con NIF *-**2727**, en el expediente número 711/2021/18746, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 5.e) de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por no concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración.

23) Denegar la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por D. José María Campa Villaverde, en representación de Picton Investments, S.L., con NIF *-**2530**, en el expediente número 711/2021/18765, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 5.e) de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por no concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración".

 

Punto 17. Adoptar los siguientes acuerdos:

1) Desestimar el recurso de reposición interpuesto por Dª. Nuria Nieto Alonso, con NIF **2438*-*, en representación de GRUTA 77, S.A., con NIF *-**7299**, contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de fecha 22 de julio de 2020, por el que se denegó la solicitud de declaración de especial interés o utilidad municipal, para la finca situada en CL NICOLAS MORALES, NUM 28, con referencia catastral 7916904VK3771F0001LF, a los efectos de obtener la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, toda vez que no reúne los requisitos establecidos para acordar la declaración de especial interés o utilidad municipal en la Disposición Adicional Segunda de la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto, vigente desde el 1 de junio de 2020, según informe emitido por el Servicio de Recursos I, que se incorpora al presente acuerdo a los efectos del artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2) Desestimar el recurso de reposición interpuesto por D.ª MARÍA BELÉN GARRIGUES CALDERÓN, DNI **5414**-*, en representación de ALLIANCE INVERSIONES 2014, S.L., con NIF *-**0193**, contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 22 de julio de 2020, por el que se denegó la solicitud de declaración de especial interés o utilidad municipal, para la finca situada en CL JACOMETREZO, NUM 4, con referencia catastral 0148307VK4704G0001KS, a los efectos de obtener la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, toda vez que no reúne los requisitos establecidos para acordar la declaración de especial interés o utilidad municipal en la Disposición Adicional Segunda de la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto vigente desde el 1 de junio de 2020, según informe emitido por el Servicio de Recursos I, que se incorpora al presente acuerdo a los efectos del artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3) Desestimar el recurso de reposición interpuesto por D. DANIEL SANJOSÉ ALONSO, con NIF **9232**-*, contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 22 de julio de 2020, por el que se denegó la solicitud de declaración de especial interés o utilidad municipal, para la finca situada en CL ARGANDA, NÚM 18, Esc:1, Plant: B, Ptas: 3-1, con referencia catastral 0025621VK4702E0032QT, a los efectos de obtener la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, toda vez que no reúne los requisitos establecidos para acordar la declaración de especial interés o utilidad municipal en la Disposición Adicional Segunda de la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto vigente desde el 1 de junio de 2020, según informe emitido por el Servicio de Recursos I, que se incorpora al presente acuerdo a los efectos del artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4) Desestimar el recurso de reposición interpuesto por Dª. Mª. Asunción Heiderich Ornilla, NIF **4140**-*, en representación de MOTOCENTER, S.A., con NIF *-**2844**, contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de fecha 22 de julio de 2020, por el que se denegó la solicitud de declaración de especial interés o utilidad municipal, para las fincas situadas en CL PRÍNCIPE DE VERGARA, NÚM 276, Esc:1, Plant:1, Pta: E, con referencia catastral 2791508VK4729B0010ZB y CL PRÍNCIPE DE VERGARA, NUM 274, con referencia catastral 2791512VK4729B0001QF, a los efectos de obtener la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, toda vez que no reúnen los requisitos establecidos para acordar la declaración de especial interés o utilidad municipal en la Disposición Adicional Segunda de la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto vigente desde el 1 de junio de 2020, según informe emitido por el Servicio de Recursos I, que se incorpora al presente acuerdo a los efectos del artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

5) Desestimar el recurso de reposición interpuesto por D. PEDRO AGUADO LÓPEZ DNI **8240**-*, en representación de PEDRO AGUADO LÓPEZ, S.L., con NIF *-**1796**, contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de fecha 22 de julio de 2020, por el que se denegó la solicitud de declaración de especial interés o utilidad municipal, para la finca situada en CL ESPEJO, NÚM 2, Plant: PB, Pta:3, con referencia catastral 9944323VK3794D0003TA, a los efectos de obtener la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, toda vez que no reúne los requisitos establecidos para acordar la declaración de especial interés o utilidad municipal en la Disposición Adicional Segunda de la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto, vigente desde el 1 de junio de 2020, según informe emitido por el Servicio de Recursos I, que se incorpora al presente acuerdo a los efectos del artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

6) Desestimar el recurso de reposición interpuesto por D. Gregorio García Prades, con DNI N.º **8397**-*,, en representación de GALI WELLNESS, S.A., con CIF *-**0649**, contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de fecha 22 de julio de 2020, por el que se denegó la solicitud de declaración de especial interés o utilidad municipal, para la finca situada en AV DOCTOR FEDERICO RUBIO Y GALI, NUM 59, con referencia catastral 9583120VK3798D0001BI, a los efectos de obtener la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, toda vez que no reúne los requisitos establecidos para acordar la declaración de especial interés o utilidad municipal en la Disposición Adicional Segunda de la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto vigente desde el 1 de junio de 2020, según informe emitido por el Servicio de Recursos I, que se incorpora al presente acuerdo a los efectos del artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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