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BOAM nº 9629 (10/05/2024)
Distrito de Chamberí

1542

Decreto de 15 de abril de 2024 del Concejal Presidente del Distrito de Chamberí por el que se aprueba la convocatoria pública de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo del Distrito de Chamberí en la anualidad 2024.

c) En el supuesto de solicitar ambas modalidades de subvención, la entidad presentará una única solicitud, acompañada de los anexos I y II.

 

La solicitud de subvención y los anexos deberán firmarse electrónicamente por quien ostente la representación legal de la entidad.

 

El modelo de solicitud de subvención y los anexos podrán descargarse de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es.

 

No obstante, si la entidad presentara más de un proyecto, según lo establecido en el apartado 5.2 de las Bases de esta convocatoria, deberá utilizar un modelo de solicitud y Anexo I para cada uno de ellos.

 

10.2. La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación, que, asimismo, deberá firmarse electrónicamente por quien ostente la representación legal de la entidad:

 

a) Copia cotejada o autenticada del documento acreditativo de la representación de la entidad, en aquellos casos en los que la solicitud sea firmada mediante certificado de persona física en lugar de hacerlo con el de representante de persona jurídica.

 

b) Declaración de quien ostente la representación legal de la entidad solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad, que la misma se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 del RGS.

 

 

c) Declaración de quien ostente la representación legal de la entidad solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad, que la misma no se halla incursa en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiaria de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la LGS, y de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

 

d) Declaración de quien ostente la representación legal de la entidad solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad, que la misma no tiene pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos.

 

e) Para el caso de solicitudes de la modalidad de "Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios" se acompañará declaración de quien ostente la representación legal de la entidad solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad que el inmueble para el que se solicitan las ayudas es la sede social de la entidad o lugar donde se desarrollan habitualmente sus actividades, no siendo el domicilio particular de miembros de la asociación.

 

En todas estas declaraciones, la entidad deberá dejar constancia de que cumple y dispone de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos.

 

f) Declaración de quien ostente la representación legal de la entidad solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad, que en los proyectos que tengan prevista la atención directa a menores de 18 años, la entidad se compromete a no adscribir a la ejecución del proyecto a profesionales que tengan una condena por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual y a exigir para ello, como requisito en el proceso de contratación del personal, una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos, de acuerdo al artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

 

g) Para el caso de solicitudes de subvención para financiar gastos de alquiler de sede social u otros espacios en los que la entidad desarrolle habitualmente sus actividades, se aportará copia de contrato de alquiler del inmueble o precontrato debidamente formalizado. Asimismo, la entidad aportará, si procede, el documento que acredite la actualización de la renta. En el caso de que no se acredite tal actualización, se considerará la cuantía que figure en el contrato presentado.

 

Prestaciones:

 

Para las solicitudes de financiación de gastos de coworking, se aportará el contrato, que deberá reflejar claramente las propias del coworking, singularizando el precio abonado por esa prestación, separando la parte correspondiente de cualquier otra prestación diferente, o de los tributos que proceda abonar, en su caso.

 

h) Si se solicita subvención para gastos de funcionamiento, se aportará presupuesto anual estimado de los conceptos para los que solicita subvención, impuestos incluidos.

 

i) Las solicitudes de la modalidad de "Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios" se acompañarán de declaración en la que se haga constar el número de proyectos realizados en el municipio de Madrid por la entidad en los dos años precedentes, firmada electrónicamente por la persona que representa legalmente a la entidad, indicando que dispone de toda la documentación acreditativa de la ejecución de los mismos, que será puesta a disposición de la administración municipal en el caso de ser requerida. Dicha declaración figura incluida en el texto del modelo anexo II que se adjunta a esta convocatoria.

 

Se aportará, además, certificación que recoja los proyectos desarrollados en cada uno de los dos años anteriores al de la respectiva convocatoria. La certificación será expedida por la persona que ocupe la Secretaría de la entidad y contendrá información sobre el desarrollo de los proyectos y plazo de ejecución aportando, en su caso, programas y/o material de difusión de los proyectos ejecutados. Asimismo, la persona que ocupe la Secretaría deberá certificar que no es un local cedido por el Ayuntamiento.

 

j) Para el caso de solicitudes de subvención para financiar gastos para la adquisición de equipamiento, mobiliario y equipos informáticos, se presentará presupuesto o facturas proforma.

 

Las declaraciones señaladas en los apartados b), c), d), e) y f), de la presente convocatoria están incluidas en el texto del modelo de solicitud de subvención que se adjunta a esta convocatoria.

 

10.3. El órgano instructor comprobará de oficio los siguientes extremos: la inscripción de la entidad en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid y el domicilio de su sede social, a efectos de confirmar su adscripción al distrito. Estos extremos se verificarán por el personal municipal de acuerdo con los datos obrantes en la base de datos del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid.

 

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