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BOAM nº 9593 (15/03/2024)
Distrito de Barajas

854

Decreto de 6 de marzo de 2024 del Concejal Presidente del Distrito de Barajas por el que se aprueba la convocatoria de gestión de la Instalación Deportiva Básica El Capricho.

• Proyecto conformado mediante proceso participativo que incluya el máximo de entidades y agentes posibles. (máximo 1 punto).

• Que el uso del espacio sea compartido, siempre y cuando las actividades de las entidades solicitantes sean compartidas. (máximo 1 punto).

• Que las actividades que desarrollen las entidades sean mayoritariamente (máximo 12 puntos):

o Abiertas. Valor: 3 puntos.

o Gratuitas. Valor: 3 puntos.

o Inclusivas. Valor: 3 puntos.

o Que incluyan perspectiva de género. Valor: 3 puntos.

• Que se presenten proyectos deportivos conjuntos de cooperación publico social por varias entidades para una misma instalación (máximo 5 puntos):

o Una entidad. Valor: 1 punto.

o Dos entidades. Valor: 3 puntos.

o Más de dos entidades. Valor: 5 puntos.

 

B) Criterios relativos a las entidades (hasta 40 puntos).

 

Se valorará: que se trate de entidades que desarrollen su actividad en la ciudad de Madrid en el ámbito de proximidad del Distrito de Barajas valorándose la antigüedad de la entidad en este distrito desde su fundación; la antigüedad de la inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid; el número de personas socias o asociadas de la entidad, que consten en el libro de registro de la entidad; la experiencia en la gestión de una instalación deportiva municipal de fútbol de similares características en el Municipio de Madrid.

 

Cuadro B) Criterios relativos a las entidades (Hasta 40 puntos):

 

Entidades que desarrollan su actividad en la ciudad de Madrid en el ámbito de proximidad del Distrito de Barajas, valorándose especialmente:

 

• El arraigo y la antigüedad de la entidad (máximo 10 puntos):

o Menos dos años. Valor: 2 puntos.

o Entre dos y cuatro años. Valor: 4 puntos.

o Entre cuatro y seis años. Valor: 6 puntos.

o Entre seis y ocho años. Valor: 8 puntos.

o Más de ocho años. Valor: 10 puntos.

 

• Antigüedad de la inscripción en el Censo Municipal de entidades o en su caso en el Registro de entidades de la Comunidad de Madrid (máximo 10 puntos):

o Menos dos años. 2 puntos.

o Entre dos y cuatro años. 4 puntos.

o Entre cuatro y seis años. 6 puntos.

o Entre seis y ocho años. 8 puntos.

o Más de ocho años. 10 puntos.

 

• Número de socios o asociados a la entidad (máximo 10 puntos):

o De 5 a 24 socios. 2 puntos.

o De 25 a 99 socios. 4 puntos.

o De 100 a 199 socios. 6 puntos.

o De 200 a 299 socios. 8 puntos.

o Más de 300 socios. 10 puntos.

 

• Que las entidades no dispongan de un espacio adecuado en el que desarrollar su actividad (máximo 10 puntos).

 

c) Criterios relativos a la propuesta de actividades deportivas (hasta un máximo de 30 puntos).

 

Los proyectos deberán incluir un programa de uso en el que se detallen las diferentes actividades a desarrollar, donde el fútbol sea la principal. Se detallará el programa de carácter regular de temporada y el programa extraordinario o puntual, y su distribución en el tiempo. La descripción de las actividades deberá expresar el colectivo al que se dirige cada una de ellas, con indicación de edad, categoría y género, así como de otros detalles de relevancia, tales como pertenencia a colectivos en riesgo de exclusión social, tipo de discapacidad, en su caso, etc.

 

La valoración del programa de uso de la instalación deportiva se llevará a cabo en base a los aspectos que se citan a continuación, a los cuales deberá hacer referencia el proyecto presentado.

 

c.1 Oferta de actividades deportivas propias.

 

Número de horas contempladas en la programación deportiva para la enseñanza y entrenamiento de los grupos y equipos. Se valorará que este número resulte suficiente, de forma que cada alumno o jugador cuente con sesiones de, al menos, una hora de duración, dos días por semana, de lunes a viernes.

 

Se valorará especialmente si el colectivo al que se dirige la programación deportiva incluye equipos femeninos y/o mixtos, personas con discapacidad, personas en riesgo de exclusión social u otros colectivos vulnerables.

 

c. 2. Participación en competiciones deportivas.

 

Se valorará la participación de los equipos en competiciones federadas de fútbol y en juegos deportivos municipales, valorándose con puntuación superior la participación de equipos femeninos o mixtos.

 

c.3. Puesta a disposición de espacios deportivos para la enseñanza y la práctica del deporte.

 

Se valorará la garantía de reserva de una banda horaria, los fines de semana, en horario continuado, para partidos de juegos deportivos municipales que organiza el distrito.

 

Se valorará la colaboración en la organización de torneos o eventos deportivos de promoción del distrito, estimándose las horas anuales ofertadas para este objeto y el tipo de evento que se propone.

 

 

Cuadro C) Criterios relativos a la propuesta de actividad deportiva (Hasta 30 puntos):

 

• El proyecto incluirá programa de uso en el que se detallan (Máximo 8 puntos):

 

o Diferentes actividades para desarrollar tanto de carácter regular como extraordinario o puntual. Valor: 1 punto.

o Su distribución en el tiempo. Valor: 1 punto.

o Descripción de las actividades expresando al colectivo que se dirige cada uno de ellos. Valor: 1 punto.

o Edad. Valor: 1 punto.

o Género. Valor: 1 punto.

o Pertenencia colectivos de exclusión social. Valor: 1 punto.

o Pertenencia colectivos con discapacidad y tipo. Valor: 1 punto.

o Otros. Valor: 1 punto.

 

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