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BOAM nº 9406 (16/06/2023)
Ayuntamiento Pleno

1834

Acuerdos de la sesión (5/2023), ordinaria del Pleno celebrada el día 25 de abril de 2023.

2) Desestimar el recurso de reposición interpuesto por D. Jorge Ocaña Díaz-Ropero, con NIF **2481***, en representación de EXINA, S.L., con NIF *-**1503**, contra el Acuerdo de 22 de julio de 2020 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se desestimó la solicitud de declaración de especial interés o utilidad municipal, para la finca situada en la CL MIGUEL ANGEL NUM 21, PB PTA: A, con referencia catastral 1365505K4716E0004JS, a los efectos de obtener la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, toda vez que no reunía los requisitos establecidos para acordar la declaración de especial interés o utilidad municipal en la disposición adicional segunda de la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto vigente desde el 1 de junio de 2020, según informe emitido por el Servicio de Recursos I, que se incorpora al presente acuerdo a los efectos del artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3) Desestimar el recurso de reposición interpuesto por D.ª Laia Lahoz Malpartida, con N.I.F. **.268.1**-*, en representación de NH LAGASCA SA, con NIF ***0645**, contra el Acuerdo de 22 de julio de 2020 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se desestimó la solicitud de declaración de especial interés o utilidad municipal, para la finca situada en la CL LAGASCA NUM 64, Plant:S1 Pta:1, con referencia catastral 2055319VK4725E0001GL, a los efectos de obtener la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, toda vez que no reunía los requisitos establecidos para acordar la declaración de especial interés o utilidad municipal en la disposición adicional segunda de la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto vigente desde el 1 de junio de 2020, según informe emitido por el Servicio de Recursos I, que se incorpora al presente acuerdo a los efectos del artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4) Desestimar el recurso de reposición interpuesto por D. Antonio Gabriel Gaforio Maldonado, con NIF **8580**-*, en representación de INVERSIONES HOSTELERAS BARAJAS, S.L., con NIF *-**6310**, contra el Acuerdo de 22 de julio de 2020 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se desestimó la solicitud de declaración de especial interés o utilidad municipal para la finca situada en la CL MAQUEDA NUM 138, Esc:1 Plant:1 Pta:12, con referencia catastral 5214630VK3751C0014YS, a los efectos de obtener la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, toda vez que no reunía los requisitos establecidos para acordar la declaración de especial interés o utilidad municipal en la disposición adicional segunda de la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto vigente desde el 1 de junio de 2020, según informe emitido por el Servicio de Recursos I, que se incorpora al presente acuerdo a los efectos del artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5) Desestimar el recurso de reposición interpuesto por Rafael Rubio González, con NIF **0118***, en representación de SARCE, S.A., con NIF ***1099**, contra el Acuerdo de 21 de julio de 2021 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se desestimó la solicitud de declaración de especial interés o utilidad municipal para la finca situada en CL REINA MERCEDES 17 PB D, con referencia catastral 0983611VK4708D0001ZU, a los efectos de obtener la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, toda vez que no reunía los requisitos establecidos para acordar la declaración de especial interés o utilidad municipal en la disposición adicional disposición adicional tercera de la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto vigente en el 2021, según informe emitido por el Servicio de Recursos I, que se incorpora al presente acuerdo a los efectos del artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas".

 

Punto 28. Aprobar la concesión de un crédito extraordinario por importe de 179.045,44 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad).

Siendo el acuerdo adoptado del siguiente tenor literal:

"Aprobar la concesión de un crédito extraordinario por importe de 179.045,44 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2022, prorrogado al ejercicio 2023 hasta la aprobación y publicación del nuevo presupuesto (Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad), correspondiente al capítulo 2 "Gastos corrientes en bienes y servicios" en la aplicación presupuestaria 001/150/441.10/226.06 "Reuniones, conferencias y cursos" del programa 441.10 "Promoción, control y desarrollo del transporte".

La citada modificación se financia con el remanente de tesorería para gastos generales obtenido de la Liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid del ejercicio 2022".

 

Los cuadros correspondientes a la publicación del precedente acuerdo se incluyen como apéndice I, relacionado con el punto 28 del orden del día.

 

Punto 29. Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 7.657.760,66 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Áreas de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias y de Medio Ambiente y Movilidad, Área Delegada de Deporte, y Distritos de Centro, Salamanca, Tetuán, Moncloa-Aravaca, Latina, Usera, Ciudad Lineal, Hortaleza y San Blas-Canillejas.

Siendo el acuerdo adoptado del siguiente tenor literal:

"Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 7.657.760,66 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2022, prorrogado al ejercicio 2023 hasta la aprobación y publicación del nuevo presupuesto (Áreas de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias y de Medio Ambiente y Movilidad, Área Delegada de Deporte, y Distritos de Centro, Salamanca, Tetuán, Moncloa-Aravaca, Latina, Usera, Ciudad Lineal, Hortaleza y San Blas-Canillejas), con el detalle de las aplicaciones presupuestarias que corresponden a este suplemento de crédito que se recogen en las dotaciones del anexo.

La citada modificación se financia con el remanente de tesorería para gastos generales obtenido de la Liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid del ejercicio 2022".

 

El anexo al que se refiere el precedente acuerdo y los cuadros correspondientes a la publicación del mismo se incluyen como apéndice II, relacionado con el punto 29 del orden del día.

 

COMISIÓN PERMANENTE ORDINARIA DE DESARROLLO URBANO Y DE OBRAS Y EQUIPAMIENTOS

 

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