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BOAM nº 9521 (30/11/2023)
Ayuntamiento Pleno

3477

Acuerdos de la sesión (13/2023), ordinaria del Pleno celebrada el día 30 de octubre de 2023.

12) Conceder la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por D. Salvador Ruiz Tarrias, en representación de Trasters Self Storage III, S.L., con NIF *-**0655**, en el expediente número 205/2023/65005, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 5.e) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración".

13) Conceder la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por D.ª Nuria Micaela Ruiz García, en representación de Dirección General de Patrimonio y Contratación COMUNIDAD DE MADRID, con NIF *-**0000*-*, en el expediente número 205/2023/68935, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 5.c).c.1 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración".

14) Conceder la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por D. Ángel Gil Sevillano, en representación de Bankia, S.A., con NIF *-**0103**, en el expediente número 205/2023/72491, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 5.c). c.1 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración".

15) Conceder la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por D. Aldo Giovanni Bozzi Retamal, en representación de Hermes Ibérica, S.A., con NIF *-**4895**, en el expediente número 205/2023/74808, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 5.c).c.3 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración".

 

Punto 31. Denegar, en seis expedientes, otras tantas solicitudes de declaración de especial interés o utilidad municipal, a los efectos de la obtención de las correspondientes bonificaciones en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

Siendo los acuerdos adoptados del siguiente tenor literal:

"1) Denegar la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por D. Eduardo Martínez Martínez, en representación de Dragados, S.A., con NIF *-**1393**, en el expediente número 205/2023/51658, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 5.a) 1. de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por no concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración".

2) Denegar la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por D.ª Begoña Cano Rodríguez, con NIF **1065**-*, en el expediente número 205/2023/65700, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por no concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración".

3) Denegar la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por D. Juan Crisostomo Peris Ohrt, en representación de C.P. CL CARAMUEL, 3, con NIF *-**5971**, en el expediente número 205/2023/66828, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por no concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración".

4) Denegar la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por D. Juan Manuel Lozano Capote, en representación de C.P. CL CAMINO DE LOS VINATEROS, 111, con NIF *-**2273**, en el expediente número 205/2023/68378, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por no concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración".

5) Denegar la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por D. Miguel Ángel de Blas Sánchez, en representación de C.P. CL TIMOTEO DOMINGO, 44, con NIF *-**5982**, en el expediente número 205/2023/68429, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por no concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración".

6) Denegar la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por D.ª Carlota Sainz Culebras, en representación de C.P. CL SANTA ISABEL, 35, con NIF *-**2862**, en el expediente número 205/2023/73749, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 9 y 16.6. de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por no concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración".

 

Punto 32. Desestimar, en un expediente, el recurso de reposición interpuesto contra el acuerdo por el que se denegaba la solicitud de declaración de especial interés o utilidad municipal a los efectos de la obtención de la correspondiente bonificación en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

Siendo el acuerdo adoptado del siguiente tenor literal:

"Desestimar el recurso de reposición interpuesto por Doña Eva María Lopez-Osa Escudero en su condición de administradora única de la sociedad Hermanos Lopez Osa, S.L. y esta como representante legal de la Comunidad de Propietarios de la calle Juan Boscán 35, con NIF ***4344**, contra el Acuerdo de 28 de marzo de 2023 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se acordó denegar la declaración de especial interés o utilidad municipal solicitada por dicha entidad en el expediente número 711/2023/02069, referida a las obras ordenadas por resolución de fecha 24 de julio de 2020 de la Coordinadora de Distrito de Ciudad Lineal para la subsanación de deficiencias del edificio de referencia, toda vez que dicha solicitud no reúne los requisitos establecidos en el artículo 5.º, apartado b) en relación con el artículo 9, de la Ordenanza fiscal Reguladora del citado Impuesto, según informe emitido por el Servicio de Recursos II, que se incorpora al presente acuerdo a los efectos del artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas".

 

COMISIÓN PERMANENTE ORDINARIA DE VICEALCALDÍA, PORTAVOZ, SEGURIDAD Y EMERGENCIAS

 

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