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BOAM nº 7463 (28/07/2015)
Ayuntamiento Pleno

1628

Acuerdos de la sesión extraordinaria del Pleno celebrada el día 30 de junio de 2015.

3. La Alcaldesa podrá avocar el conocimiento de asuntos cuya resolución haya sido desconcentrada por el presente Decreto, en los términos previstos en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. La Alcaldesa podrá derogar la desconcentración de competencias contenidas en el presente Decreto, recuperando su titularidad.

Disposición derogatoria única.

Quedan sin efectos los decretos de delegación de competencias a favor de la Junta de Gobierno que se hubieran dictado con anterioridad al presente y, en particular, el Decreto de 25 de enero de 2012, de delegación y desconcentración de competencias en la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.

Disposición final primera. Habilitación de desarrollo e interpretación del Decreto.

Se faculta al titular del Área de Gobierno de Economía y Hacienda a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto, así como para resolver las dudas que pudieran surgir en su interpretación y aplicación.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente Decreto surtirá efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de su publicación en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid.

Disposición final tercera. Comunicación al Pleno.

Del presente Decreto se dará cuanta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo".

Punto 13. Se da cuenta del Decreto de la Alcaldesa, de 18 de junio de 2015, por el que se modifica el Decreto de 13 de junio de 2015, por el que se nombra a los miembros de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, a los Tenientes de Alcalde, a los titulares de las Áreas de Gobierno y a los Concejales Presidentes de los Distritos:

"Por mi Decreto de 13 de junio de 2015 dispuse el nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de los Tenientes de Alcalde, de los titulares de las Áreas de Gobierno y de los Concejales Presidentes de los Distritos.

Con motivo de la dimisión presentada por Guillermo Zapata Romero como titular de Área de Gobierno de Cultura y Deportes, se considera necesario efectuar ceses y nuevos nombramientos.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 14.3.d) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y de conformidad con lo previsto en el Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid,

DISPONGO

PRIMERO.- Ceses.

1.- Cesar a Guillermo Zapata Romero, en su condición de miembro de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid y titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes.

2.- Cesar a Rita Maestre Fernández como Concejala Presidenta del Distrito de Salamanca.

3.- Cesar a Celia Mayer Duque como Concejala Presidenta del Distrito de Villaverde.

SEGUNDO.- Nombramientos.

1.- Nombrar a Celia Mayer Duque titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes y miembro de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.

2.- Nombrar a Pablo César Carmona Pascual Concejal Presidente de Distrito de Salamanca.

3.- Nombrar a Guillermo Zapata Romero Concejal Presidente de Distrito de Villaverde.

TERCERO.- Vigencia de nombramientos.

Continúan vigentes el resto de los nombramientos efectuados por mi decreto de 13 de junio de 2015, por el que se nombran a los miembros de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, a los Tenientes de Alcalde, a los titulares de las Áreas de Gobierno y a los Concejales Presidentes de los Distritos.

CUARTO.- Entrada en vigor.

El presente decreto surtirá efecto a partir del día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

QUINTO.- Comunicación al Pleno.

Del presente decreto se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo".

Punto 14. Se da cuenta del Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión de 13 de junio de 2015, relativo a la constitución y régimen de sesiones de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid:

"El artículo 16 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, dispone que la Junta de Gobierno es el órgano ejecutivo de dirección política y administrativa, correspondiendo al Alcalde nombrar y separar libremente a sus miembros.

El Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 21 de mayo de 2004, dispone, en su artículo 20.6, que la Junta de Gobierno se reunirá con carácter ordinario con una periodicidad semanal, sin perjuicio de lo que se disponga en las normas que apruebe la Junta para su propio funcionamiento y para la adecuada preparación de las propuestas y resoluciones que deba adoptar.

Asimismo, el artículo 29.3 establece que el funcionamiento de la Comisión Preparatoria se determinará por la Junta de Gobierno.

En su virtud, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 13 de junio de 2015,

ACUERDA

PRIMERO.- La constitución de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, dando cuenta del Decreto de la Alcaldesa de 13 de junio de 2015 de nombramiento de sus miembros.

SEGUNDO.- La Junta de Gobierno celebrará con carácter general sesión ordinaria los jueves a las 10:00 horas . La Alcaldesa podrá cambiar el día y la hora de las sesiones, así como suspenderlas.

Las sesiones se celebrarán, con carácter general, en el edificio en que tenga su sede la Alcaldía o en cualquier otra dependencia municipal cuando así lo determine la Alcaldesa.

TERCERO.- La Comisión Preparatoria se reunirá los martes a las 9:30 horas. El Presidente podrá cambiar el día y la hora de las sesiones así como suspenderlas.

CUARTO.- El presente Acuerdo se publicará en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

QUINTO.- Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento del presente Acuerdo".

Punto 15. Se da cuenta del Decreto de la Alcaldesa, de 22 de junio de 2015, de delegación de competencias relativas a la Presidencia del Pleno en el Tercer Teniente de Alcalde:

"El Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004 y la Ley de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, de 4 de julio de 2006, configuran la Presidencia del Pleno como una figura capital para la dirección del Pleno y sus Comisiones, así como para la gestión ordinaria de los trabajos preparatorios y subsiguientes a sus respectivas sesiones.

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