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BOAM nº 8537 (04/12/2019)
Ayuntamiento Pleno

2280

Acuerdos de la sesión (20/2019), ordinaria del Pleno celebrada el día 30 de octubre de 2019.

17) Denegar la declaración de especial interés o utilidad municipal solicitada por la Comunidad de Propietarios de la calle Sagrados Corazones, n.º 15, con CIF *****4764, en el expediente número 711/2019/23616, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 9 y 16.6 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por no concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración".

 

Punto 17. Adoptar el siguiente acuerdo:

"Estimar el recurso de reposición interpuesto el día 28 de abril de 2017 por D. Carlos Rubén Bemaman Smulevici, actuando en representación de la entidad MISADA RESTAURACIÓN, S.L. con CIF *-8685**** contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de fecha 28 de septiembre de 2016, por el que se desestimaba la solicitud de declaración de especial interés o utilidad municipal, respecto de las obras proyectadas en la finca núm. 3 de la calle de Orense, local 40, y conceder la mencionada declaración de especial interés o utilidad municipal toda vez que la solicitud reúne los requisitos establecidos en el artículo 5º, apartado e), de la Ordenanza fiscal reguladora del citado Impuesto vigente en el año 2014 conforme a la modificación aprobada por el Ayuntamiento Pleno de 25 de septiembre de 2013 (BOCM 22.10.13), según informe emitido con fecha 12 de julio de 2019 por el Servicio de Recursos de ICIO, Tasas y otros Ingresos en Ejecutiva, que se incorpora al presente Acuerdo a los efectos del artículo 89.5 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común".

 

Punto 18. Adoptar el siguiente acuerdo:

"Desestimar el recurso de reposición interpuesto D. Javier Mustienes Laguarta, en nombre y representación de la mercantil MADRID MAPESA, S.A. (hoy PROMOCIONES UNIVERSITARIAS LA RINCONADA, S.L.), con CIF *-****5821, contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 24 de abril de 2018, por el que se acordó desestimar la solicitud formulada para la declaración de especial interés o utilidad municipal, respecto de las obras proyectadas en la finca sita en Camino Cerro del Águila, número 6, a los efectos de obtener la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras correspondiente a las mismas, toda vez que no se cumplen los requisitos del artículo 5. a) de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y obras vigente en el año 2017 para que pueda tener lugar esa declaración".

 

Punto 19. Adoptar el siguiente acuerdo:

"Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 9.752,60 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid, con el desglose y aplicación presupuestaria que se detalla:

• 9.752,60 euros, en la aplicación presupuestaria 001/098/336.01/745.06 "Transferencias de capital a Madrid Destino, Cultura, Turismo y Negocio, S.A" del programa 336.01 "Patrimonio cultural" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2019.

La citada modificación se financia con bajas por anulación de créditos de los proyectos de inversión financieramente sostenibles que se detallan en el documento de solicitud que corresponden al capítulo 7 "Transferencias de capital" del Ayuntamiento de Madrid, por la no ejecución total o parcial de los mismos".

 

Los cuadros correspondientes a la publicación del precedente acuerdo se incluyen como apéndice VI, relacionado con el punto 19 del orden del día.

 

Punto 20. Adoptar el siguiente acuerdo:

"Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 90.000,00 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid, con el desglose y aplicación presupuestaria que se detalla:

• 90.000,00 euros, en la aplicación presupuestaria 001/214/933.03/632.00 "Edificios y otras construcciones (Reforma)" del programa 933.03 "I.F.S. Gestión del patrimonio" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2019.

La citada modificación se financia con bajas por anulación de créditos de los proyectos de inversión financieramente sostenibles que se detallan en el documento de solicitud que corresponden al capítulo 6 "Inversiones reales" del Ayuntamiento de Madrid, por la no ejecución total o parcial de los mismos.

La eficacia de la presente modificación queda condicionada a la concesión de la autorización previa de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local del Ministerio de Hacienda en los términos establecidos en la Disposición adicional decimosexta del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en materia de inversiones financieramente sostenibles".

 

Los cuadros correspondientes a la publicación del precedente acuerdo se incluyen como apéndice VII, relacionado con el punto 20 del orden del día.

 

Punto 21. Adoptar el siguiente acuerdo:

"Aprobar la concesión de un crédito extraordinario por importe de 180.000,00 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid, con el desglose y aplicación presupuestaria que se detalla:

• 180.000,00 euros, en la aplicación presupuestaria 001/214/342.01/622.00 "Edificios y otras construcciones" del programa 342.01 "Instalaciones deportivas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2019.

 

 

 

La citada modificación se financia con bajas por anulación de créditos de los proyectos de inversión financieramente sostenibles que se detallan en el documento de solicitud que corresponden al capítulo 6 "Inversiones reales" del Ayuntamiento de Madrid, por la no ejecución total o parcial de los mismos.

La eficacia de la presente modificación queda condicionada a la concesión de la autorización previa de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local del Ministerio de Hacienda en los términos establecidos en la Disposición adicional decimosexta del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en materia de inversiones financieramente sostenibles".

 

Los cuadros correspondientes a la publicación del precedente acuerdo se incluyen como apéndice VIII, relacionado con el punto 21 del orden del día.

 

Punto 22. Adoptar el siguiente acuerdo:

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