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BOAM nº 7591 (04/02/2016)
Ayuntamiento Pleno

199

Acuerdos de la sesión ordinaria del Pleno celebrada el día 22 de diciembre de 2015.

Punto 25. Aprobar la proposición n.º 2015/8001353, presentada por el concejal don Ignacio de Benito Pérez, del Grupo Municipal Socialista de Madrid, interesando que se constituya el Consejo Local de la Juventud de la Ciudad de Madrid, sustituyendo al actual Consejo Sectorial existente, y que el Equipo de Gobierno diseñe un Plan Integral de Juventud, en colaboración con el citado Consejo, dotado de los suficientes medios y recursos para poder llevarlo a buen fin.

Siendo el acuerdo adoptado del siguiente tenor literal:

"PARTE EXPOSITIVA

Durante los últimos años, la participación de los jóvenes en la elaboración de las políticas juveniles de Madrid ha sido inexistente. El actual Consejo Sectorial ha resultado a todas luces ineficaz e inoperante, y los jóvenes de Madrid han carecido de un verdadero órgano de Participación Ciudadana donde poder analizar y abordar de una forma integral y conjunta con todas las entidades sociales y políticas la situación actual de la juventud y donde los jóvenes, que son los verdaderos protagonistas, puedan aportar las posibles soluciones a las necesidades y demandas de la población juvenil.

PARTE DISPOSITIVA

El Pleno aprueba:

Que se constituya el Consejo Local de la Juventud de la Ciudad de Madrid, sustituyendo al actual Consejo Sectorial existente.

Y que el Equipo de Gobierno diseñe un Plan Integral de Juventud en colaboración con el citado consejo y dotado de los suficientes medios y recursos para poder llevarlo a buen fin".

Punto 26. Aprobar la proposición n.º 2015/8001355, presentada conjuntamente por los concejales don José Manuel Dávila Pérez y doña Inés Sabanés Nadal, de los Grupos Municipales Socialista de Madrid y Ahora Madrid, respectivamente, "en relación a la paralización definitiva y reversión del proceso de privatización del Canal de Isabel II, y de configuración mercantil y generación de nuevo modelo mercantilizado, y la necesidad de establecer un nuevo modelo estructural y de gestión de la citada entidad".

Siendo el acuerdo adoptado del siguiente tenor literal:

"PARTE EXPOSITIVA

Propuesta de moción sobre el CANAL DE ISABEL II para aprobar en los plenos municipales

Moción que presenta el grupo municipal Ahora Madrid y grupo municipal PSOE al Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 22 de diciembre de 2015, en relación a la paralización definitiva y reversión del proceso de privatización del Canal de Isabel II, y de configuración mercantil y generación de nuevo modelo mercantilizado, y la necesidad de establecer un nuevo modelo estructural y de gestión de la citada entidad.

A los efectos de someter al próximo Pleno Municipal Ordinario de acuerdo con la normativa y reglamentos que la desarrollan, así como el Reglamento Orgánico Municipal, se presenta para su debate y aprobación, previo informe que podrá emitirse por la comisión informativa correspondiente, si procede, la siguiente:

MOCIÓN

Con la Ley 3/2008 de 29 de diciembre (Artículos 16 y 17), el Gobierno de la Comunidad de Madrid, comenzó el proceso de mercantilización y privatización del Canal de Isabel Il a través de la constitución de una sociedad anónima de la que se vendería, una vez constituida, el 49% de sus acciones al capital privado.

En diciembre de 2015 este Ayuntamiento firmó, con la Comunidad de Madrid, un convenio relativo a su incorporación al futuro modelo de gestión del Canal de Isabel II, que supuso la participación del Ayuntamiento, como accionista, en el capital social de la sociedad anónima y la firma obligada del convenio de gestión integral del servicio de distribución de agua de consumo humano, cuyas cláusulas son lesivas para los intereses de la Corporación y ponen al Ayuntamiento en una situación de subalternidad frente a la sociedad anónima.

En el segundo trimestre de 2012, el Gobierno de la Comunidad de Madrid decidió suspender provisionalmente la entrada de capital privado al Canal de Isabel II, por diversas circunstancias, pero constituyó, en el mes de julio de 2012, la sociedad anónima Canal de Isabel II Gestión (en adelante, Canal Gestión), como instrumento necesario para la futura privatización. La sociedad se formó con un accionariado totalmente público, (82,4% de la Comunidad de Madrid y 17,6% de los ayuntamientos), con una estructura de Dirección que ha excluido a los Ayuntamientos y a otros actores interesados de la toma de decisiones.

Canal Gestión, durante sus tres años de vida, ha funcionado como una empresa privada de carácter mercantil, opaca y patrimonializada por el Partido Popular, preocupada exclusivamente por ampliar beneficios, más contables que reales, y cuota de mercado (incluso fuera de nuestras fronteras), desatendiendo el interés general y en particular el de los ciudadanos madrileños y el de los ayuntamientos que les representan, y sin una apuesta fuerte por el mantenimiento de las infraestructuras e inversiones en el servicio, ni en los medios técnicos y humanos necesarios. Solo en este contexto pueden explicarse operaciones como la compra de la empresa de abastecimiento de agua en Lanzarote (INALSA), la licitación de la gestión de la empresa de aguas de Pasto (Colombia), eI intento de deslocalización de los trabajos atención al cliente por GSS-Venture y los supuestos delitos por cohecho cometidos por Hispanagua, empresa filial de Canal Gestión.

Con el objetivo de maximizar los beneficios, para hacer más atractiva la sociedad a los potenciales accionistas privados, Canal Gestión está realizando una agresiva política de reducción de costes e inversiones, manteniendo altas tasas de rendimiento y olvidándose de las actuaciones que en materia de medio ambiente está obligada a llevar a cabo en función de la aplicación de la Directiva Marco del Agua y la normativa europea relativa a la calidad de las aguas. Esta política suicida, solo comprensible desde el punto de vista de la privatización de la empresa, puede poner en peligro la estabilidad y sostenibilidad del propio servicio público.

 

Por otro lado, estamos asistiendo a una política agresiva de cortes y condenas de suministro de agua por parte de Canal Gestión, a ciudadanos que no disponen de recursos económicos, impropia de una empresa pública que gestiona un derecho humano fundamental, ilegal e incumplidora de los Tratados internacionales suscritos por el Estado español, que los ayuntamientos no podemos permitir, debiendo respetar que el suministro de agua constituye un derecho humano, en los términos definidos por las Naciones Unidas, que obliga a garantizar una dotación mínima para cada ciudadano y por lo tanto a asumir el compromiso de no cortar el agua en caso de impagos justificados social económicamente.

Que el abastecimiento de agua y el acceso al agua potable es un derecho humano universal conforme ha sido configurado y reconocido por la propia Asamblea General de las Naciones Unidas, así como, por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, siendo requisito del mismo derecho, el acceso asequible al mismo, debiendo primar dicha configuración sobre cualquier otro aspecto y, menos aún, sobre los aspectos de mera rentabilidad económica y de aumento de la recaudación, más aún, cuando lo que se pretende, es preparar una mayor capacidad recaudatoria y financiera de una entidad que pretende ser privatizada.

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