Saltar navegación

BOAM nº 9629 (10/05/2024)
Distrito de Tetuán

1541

Decreto de 22 de abril de 2024 de la Concejal Presidenta del Distrito de Tetuán por el que se aprueban las bases por las que se regirá la convocatoria pública de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo en la anualidad 2024.

1.º Desarrollen actividades relacionadas con el asociacionismo y la participación destinadas a paliar las posibles consecuencias negativas derivadas de la situación económica y social actual: hasta 15 puntos.

2.º Fomento de la participación activa de las personas asociadas: hasta 10 puntos.

3.º El proyecto tiene alta repercusión en la población y en los espacios participativos (mesas de trabajo comunitarias, consejo de proximidad, …) del distrito: hasta 10 puntos.

 

b) Descripción del proyecto: hasta 25 puntos.

 

Se tendrá en cuenta la claridad y precisión de la descripción de las actividades, la adecuación y concreción de los medios técnicos, personales y materiales que la entidad destina al desarrollo del proyecto. Asimismo, se tendrá en cuenta que el proyecto presente una clara, concreta y adecuada fundamentación de su necesidad.

 

1.º Claridad y precisión en la descripción del proyecto: hasta 10 puntos.

2.º Adecuación y concreción de los medios destinados al proyecto: hasta 5 puntos.

3.º Fundamentación de la necesidad: hasta 5 puntos.

4.º Planificación adecuada del cronograma de las actividades: hasta 5 puntos.

 

c) Aspectos innovadores: hasta 20 puntos.

 

Se valorará que el contenido del proyecto contemple actividades, soluciones o mejoras innovadoras en la promoción y desarrollo del asociacionismo y de la participación ciudadana. Se valorará atendiendo a la siguiente distribución:

 

1.º Aspectos innovadores en promoción y desarrollo del asociacionismo: hasta 8 puntos.

 

Encaminados al fortalecimiento de las relaciones de las personas asociadas y/o a la incorporación de nuevas personas: hasta 4 puntos

Dirigidos a abordar nuevos retos para el asociacionismo y reactivación del tejido asociativo o bien, aspectos relacionados con el ámbito interno de las entidades (organización, metodología, comunicación, entre otros) implantados para reforzar la democracia participativa, la incorporación de participantes en la toma de decisiones y el fomento de la transparencia: hasta 4 puntos.

 

3. Aspectos innovadores sobre participación ciudadana: hasta 12 puntos.

Diseñados para superar barreras que dificultan la participación, con especial consideración a las dificultades de participación de las mujeres: hasta 5 puntos.

Con nuevas temáticas o enfoques distintivos, que incorpore elementos de adaptación a la situación actual: hasta 5 puntos.

Dirigidos a extender la dinámica participativa más allá de los miembros de la propia entidad: hasta 2 puntos.

 

d) El contenido del proyecto incluye la perspectiva de género y fomenta el principio de igualdad entre mujeres y hombres: hasta 5 puntos.

 

1.º Descripción de las posibles desigualdades existentes entre mujeres y hombres para participar en la asociación o sus actividades, indicando sus posibles causas: hasta 2 puntos.

 

2.º Descripción de las actuaciones que se desarrollarán para favorecer la participación en la asociación o sus actividades por parte de las mujeres: hasta 2 puntos.

 

3.º Indicador de género de distribución para evaluar la contribución a la participación de las mujeres en la asociación o sus actividades: hasta 1 punto.

 

14. Criterios de valoración para las subvenciones en la modalidad de "Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios".

 

La valoración total de cada solicitud será la suma de los puntos obtenidos en los distintos apartados, pudiendo obtener hasta un máximo de 100 puntos, de los que 15 corresponderán al apartado relativo a la valoración de la entidad y 85 al análisis de la pertinencia del gasto.

 

14.1. Valoración de la entidad: hasta un máximo de 15 puntos.

 

La evaluación de la entidad se realizará con arreglo a los mismos criterios que se detallan en el apartado 13.2 de esta convocatoria.

 

14.2. Análisis de pertinencia del gasto: hasta un máximo de 85 puntos.

 

a) Número de proyectos desarrollados por la entidad en el municipio de Madrid durante la anualidad 2022: hasta 35 puntos.

 

b) Número de proyectos desarrollados por la entidad en el municipio de Madrid durante la anualidad 2023: hasta 50 puntos.

 

Estos datos se consignarán en el modelo Anexo II. En ambos casos se valorará la actividad de la entidad, con independencia del lugar en el que se desarrollen los proyectos.

 

Para otorgar la puntuación se podrán establecer hasta un máximo de 5 tramos, primando aquellas asociaciones que hayan realizado mayor número de actividades en los referidos ejercicios. Esta distribución de la puntuación se realizará con arreglo a los siguientes tramos:

Proyectos desarrollados en 2022

 

Puntos

5 o más proyectos

35

4 proyectos

30

3 proyectos

25

De 1 a 2 proyectos

20

 

Proyectos desarrollados en 2023

 

Puntos

5 o más proyectos

50

4 proyectos

40

3 proyectos

30

De 1 a 2 proyectos

20

Subir Bajar