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BOAM nº 7264 (02/10/2014)
Ayuntamiento Pleno

1755

Acuerdos de la sesión ordinaria del Pleno celebrada el día 30 de julio de 2014.

Punto 33. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:

"PRIMERO.- Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial que modifica el aprobado definitivamente por el Ayuntamiento Pleno el 28 de septiembre de 2011, para la finca sita en la calle López de Hoyos, número 166, Distrito de Chamartín, promovido por D. Rafael Romero Díaz de Losada en representación de la Fundación Pilar de la Mata, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 67 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma ley.

SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal.

TERCERO.- Dar traslado a los interesados de este acuerdo advirtiéndoles de los recursos que procedan, en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común".

Punto 34. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:

"PRIMERO.- Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para las fincas sitas en la calle del Sil números 25 y 27, Distrito de Chamartín promovido por don Antonio Castellano Zapatero, en representación de Insde S. L, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma ley.

SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal.

TERCERO.- La vigencia del presente Plan Especial será de un año contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

CUARTO.- Dar traslado a los interesados de este acuerdo advirtiéndoles de los recursos que procedan, en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común".

Punto 35. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:

"PRIMERO.- Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Estudio de Detalle para la finca sita en la calle Arturo Soria, número 278, Distrito de Ciudad Lineal, promovido por el Patronato Huérfanos de la Armada (PAHUAR), conforme a lo dispuesto en el artículo 60, en relación con los artículos 59.4 y 57, de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal".

 

Punto 36. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:

"PRIMERO.- Rectificar el error material detectado en la documentación de la Modificación Puntual no Sustancial del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, en el ámbito del Área de Planeamiento Específico 02.25-M "Subestación de los Melancólicos". distrito de Arganzuela, que se subsana incorporando a la misma la hoja número 41 de la Memoria, que figurará como folio 729 bis del expediente, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

SEGUNDO.- Remitir el expediente a la Comunidad de Madrid, para que el órgano competente lo apruebe definitivamente, si procede, conforme dispone el artículo 2.3 del citado Decreto 92/2008".

 

Punto 37. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:

"PRIMERO.- Rectificar el error material detectado en la modificación del Plan Especial de mejora de la ordenación pormenorizada relativa al régimen de uso terciario, en su clase de hospedaje, en el suelo urbano, expediente nº 711/2013/05685, aprobado definitivamente por el Ayuntamiento Pleno el 25 de septiembre de 2013, en el sentido de corregir la redacción del párrafo segundo del apartado 5º a) del artículo 8.8.18 en el que se han omitido las palabras "incluidas en los" y cuya redacción tras la rectificación del error es: "Estos usos autorizables, salvo el hospedaje en edificio exclusivo, no son de aplicación a las parcelas reguladas por la Norma Zonal 8-4º con frente a las calles o incluidas en los límites que se relacionan a continuación:".

Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid".

Punto 38. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:

"PRIMERO.- Revocar el Acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 28 de septiembre de 2010, por el que se dispuso la aprobación provisional de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, referente al Catálogo de Parques Históricos y Jardines de Interés, en lo relativo a las propuestas de la plaza del Parterre, jardines 50.704 y 50.705; avenida Carabanchel Alto, nº 15, nº de Catálogo 50.702 y calle Fortuny nº 34, nº de Catálogo 13.100, cuya aprobación definitiva quedó aplazada en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 17 de mayo de 2012. Todo ello, de conformidad con lo establecido por el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dando por finalizado el procedimiento, en los términos y con el alcance señalado en el informe de la Dirección General de Planeamiento de 7 de julio de 2014.

SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" en cumplimiento del artículo 60 del mismo texto legal y notificarlo a los interesados en el procedimiento".

Punto 39. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:

"PRIMERO.- Revocar el Acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 28 de septiembre de 2010, por el que se dispuso la aprobación provisional de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, en el ámbito del Área de Planeamiento Remitido APR 01.02 "Muralla" y las plazas de Ramales y Santiago, en el Distrito Centro, de conformidad con lo establecido por el artículo 105 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dando por finalizado el procedimiento, en los términos y con el alcance señalado en el informe de la Dirección General de Planeamiento de 10 de julio de 2014.

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