BOAM nº 9659 (24/06/2024)
Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad
2167
Decreto de 20 de junio de 2024 del Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad por el que se consideran desistidas de su solicitud en la convocatoria pública de subvenciones del año 2024 a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Igualdad y contra la Violencia de Género a las entidades que figuran en el Anexo.Mediante Decreto, de 28 de diciembre de 2023, se aprobó la convocatoria pública de subvenciones 2024 a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Igualdad y contra la Violencia de Género, del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad.
El artículo 7 de la convocatoria indica que "si la solicitud no reuniera los requisitos establecidos en la convocatoria, el órgano competente requerirá a la entidad solicitante para que subsane la falta o acompañe los documentos solicitados en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, con apercibimiento de que, si no lo hiciese, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución, dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la LPAC, que será notificada a las entidades interesadas con carácter previo a la fase de instrucción, a través de la publicación en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid, en la sede electrónica del Ayuntamiento y en la página web".
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad,
DISPONGO
PRIMERO.- Considerar desistidas de sus solicitudes a las entidades que figuran en el Anexo, de la convocatoria pública de subvenciones del año 2024, a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Igualdad y contra la Violencia de Género, aprobada por Decreto de 28 de diciembre de 2023, del Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, al no haber atendido al requerimiento notificado en tiempo y forma, en el que se les advertía que la falta de subsanación en el plazo indicado daría lugar al desistimiento de sus solicitudes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la convocatoria, el artículo 24.10 de la Ordenanza 3/2023, de 28 de noviembre, por la que se modifica la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013 y en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).
SEGUNDO.- El presente decreto pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, o bien ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha indicada, todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común, y artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Madrid, a 20 de junio de 2024.- El Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, José Fernández Sánchez.