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BOAM nº 9958 (08/09/2025)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

3260

Resolución de 3 de septiembre de 2025 de la Directora General de Participación Ciudadana por la que se dictan instrucciones que establecen las condiciones generales de utilización de los bienes adscritos al Centro de Recursos para el Asociacionismo y la Ciudadanía activa (CRAS!).

El artículo 35 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid (en adelante, ROPC) establece que el Ayuntamiento fomentará y apoyará el asociacionismo y el voluntariado, para lo cual se utilizarán los diversos medios jurídicos y económicos, a través de ayudas, subvenciones, convenios y cualquier forma de colaboración que resulte adecuada para esta finalidad; y añade que para conseguir que las entidades ciudadanas registradas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid puedan desarrollar sus actividades con plenas garantías, el Ayuntamiento colaborará en la aportación de recursos para promover la realización de sus actividades.

 

En este sentido el ROPC prevé en su artículo 34 bis que la inscripción de las entidades y colectivos ciudadanos en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos comporta, entre otros beneficios, facilidades para el uso puntual de espacios públicos y de recursos materiales del Ayuntamiento, en el caso de las entidades y colectivos de las secciones 1.ª, 2.ª y 3.ª.

 

Con esta finalidad, el Ayuntamiento de Madrid viene ofreciendo desde el año 2017 un servicio gratuito de préstamo temporal de uso de bienes y material, denominado Centro de Recursos para el Asociacionismo y la Ciudadanía Activa (CRAS!), que se pone a disposición de las entidades y colectivos ciudadanos que conforman el tejido asociativo de Madrid, con el fin de facilitar que puedan desarrollar de modo adecuado las actividades que les son propias.

 

El servicio CRAS! se dirige a las entidades y colectivos inscritos en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid en cualquiera de sus tres secciones, esto es, asociaciones, federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones de base (Sección 1.ª); fundaciones (Sección 2.ª); y colectivos (Sección 3.ª). Asimismo, pueden solicitar el préstamo de bienes y material de CRAS! los Consejos de Proximidad.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 13.º 1.3.e) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, que establece como una de las competencias específicas de la Dirección General de Participación Ciudadana la gestión del Centro de Recursos para el Asociacionismo y la Ciudadanía Activa (CRAS!), pudiendo establecer las condiciones generales de utilización de los recursos asignados al CRAS!,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Aprobar las instrucciones que establecen las condiciones generales de utilización de los bienes adscritos al Centro de Recursos para el Asociacionismo y la Ciudadanía Activa (CRAS!), cuyo contenido se incorpora como anexo.

 

SEGUNDO.- Corresponde a la Dirección General de Participación Ciudadana el desarrollo e interpretación de las presentes instrucciones, pudiendo realizar las modificaciones que sean necesarias así como interpretar y resolver cuantas cuestiones surjan de la aplicación de estas.

 

TERCERO.- Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en la presente resolución.

 

CUARTO.- La presente resolución surtirá efectos a partir del 15 de septiembre de 2025 y se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid así como en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es, y en el Espacio Asociativo del portal web Ayuntamiento de Madrid (https://madrid.es/go/ESPACIOASOCIATIVO).

 

Madrid, a 3 de septiembre de 2025.- La Directora General de Participación Ciudadana, María Pía Junquera Temprano.

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