BOAM nº 7705 (19/07/2016)
Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto
1670
Decreto de 6 de julio de 2016 del Delegado del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto por el que se aprueba la Convocatoria y las Bases de los Premios Datathon del Ayuntamiento de Madrid 2016.La Dirección General de Transparencia y Atención a la Ciudadanía del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto quiere dar a conocer a los ciudadanos el Portal de Datos Abiertos del Ayuntamiento de Madrid, como instrumento destinado a promover el acceso a los datos derivados de la gestión municipal, impulsar el desarrollo de herramientas creativas que den servicio a los ciudadanos de Madrid y faciliten la reutilización de la información pública.
Datos Abiertos (open data en inglés) es una iniciativa global, ligada a las políticas de Gobierno Abierto, que persigue que los datos y la información, especialmente las que poseen las administraciones públicas, se publiquen de forma abierta, regular y reutilizable, sin restricciones de acceso, copyright, patentes u otros mecanismos de control.
La Ciudad de Madrid se caracteriza por un vibrante ecosistema emprendedor y una intensa participación ciudadana a través de las tecnologías de la información y las comunicaciones. Con esta convocatoria el Ayuntamiento de Madrid quiere premiar a desarrolladores capaces de crear nuevas aplicaciones y servicios a partir de los conjuntos de datos abiertos disponibles en sus portales, en particular, el Portal de Datos Abiertos del Ayuntamiento de Madrid http://datos.madrid.es.
En virtud de lo expuesto, bajo los principios que han de regir la concesión de premios, de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 y las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal para 2016, y conforme a las competencias del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto, establecidas en el Acuerdo de Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 29 de octubre de 2015, así como a su modificación de 4 de febrero de 2016, por el que se establece la organización y competencias del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto,
DISPONGO
1. Objeto y finalidad de la convocatoria.
Se convoca la primera edición de los Premios Datathon del Ayuntamiento de Madrid 2016 para emprendedores, desarrolladores de apps, diseñadores e innovadores sociales con objeto de fomentar la reutilización de la información del sector público municipal existente en el Portal de Datos Abiertos del Ayuntamiento de Madrid http://datos.madrid.es, promover la cultura de la transparencia y abrir la información pública de la Ciudad de Madrid a la ciudadanía.
2. Régimen jurídico aplicable a la convocatoria.
2.1. Los premios se regirán por lo establecido en la presente convocatoria, por la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y demás disposiciones que resulten de aplicación.
2.2. La financiación de la presente edición se imputará a la aplicación presupuestaria: 001 (centro) 077 (sección) 920.06 (programa) 482.03 (subprograma) del presupuesto municipal de 2016.
3. Objeto de los premios.
El objeto de esta convocatoria de premios consiste en crear soluciones innovadoras sobre la Ciudad de Madrid que se basen en el uso de los conjuntos de datos disponibles en el Portal de Datos Abiertos del Ayuntamiento de Madrid http://datos.madrid.es.
4. Requisitos de los proyectos presentados.
Los proyectos presentados a la presente convocatoria de premios deberán cumplir en todo caso con las siguientes condiciones:
4.1. Que en su elaboración se haya utilizado, al menos, alguno de los datos ofrecidos en el Portal de Datos Abiertos del Ayuntamiento de Madrid (http://datos.madrid.es).
4.2. Los trabajos se presentarán bajo la licencia AGPLv3. Con carácter complementario, el proyecto podrá incluir datos procedentes de otras fuentes, en cuyo caso el participante debe garantizar que dispone de todos los derechos para su utilización y dicha utilización se realizará conforme a la normativa que, en su caso, sea de aplicación (fuentes).
4.3. Que consista en la creación de una aplicación informática, una web o una visualización de datos en soporte físico o informático a partir de los datos existentes en el Portal de Datos Abiertos o de otras fuentes públicas.
5. Participantes.
5.1. Podrá participar en los premios cualquier persona mayor de 18 años que resida en España. La participación podrá realizarse bien de forma individual, bien de forma colectiva, a través de un equipo de personas sin límite de componentes, que designará un único representante con plena capacidad para desarrollar las actuaciones necesarias ante el Ayuntamiento de Madrid.
5.2. En el caso de que la participación se realice de forma colectiva a través de un equipo deberá presentarse documento de designación de representante por parte de todos los participantes del equipo (anexo al que se refiere el apartado 6.2 de la presente convocatoria).
5.3. No podrán participar los miembros del jurado, ni empleados públicos o autoridades del Ayuntamiento de Madrid, así como familiares de estos hasta el cuarto grado de consanguinidad o afinidad.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 27 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones, no podrán concurrir las personas que, cumpliendo los requisitos específicos de participación recogidos en las presentes bases, estén incursas en alguna de las causas enumeradas en las citadas disposiciones.
El Ayuntamiento de Madrid podrá consultar, previa autorización de los solicitantes incluida en el formulario de solicitud, los datos relativos al cumplimiento de los requisitos necesarios para la participación en el premio. En caso de no conceder dicha autorización los solicitantes deberán presentar la correspondiente documentación cuando les sea requerida.
6. Inscripción y plazo de presentación.
6.1. La convocatoria será publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en su sede electrónica https://sede.madrid.es.