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BOAM nº 9523 (04/12/2023)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

3540

Decreto de 28 de noviembre de 2023 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias de resolución de la convocatoria pública de subvenciones del Área de Gobierno de Vicealcaldía para proyectos vinculados a la colaboración con entidades del tercer sector para la anualidad 2023.

A la vista del informe propuesta de la Dirección General de Participación Ciudadana incorporado al expediente de referencia, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y en virtud del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar la concesión de subvenciones para proyectos vinculados a la colaboración con entidades del tercer sector para la anualidad 2023 por un importe total de 482.396,48 euros a favor de las entidades que figuran en el anexo I, con cargo a la aplicación presupuestaria 001/120/924.01/489.01 "Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro" del presupuesto municipal para 2023, conforme al siguiente desglose por cada una de las categorías que comprende la convocatoria:

a) Proyectos de mejora de las condiciones de vida de la población: 250.000,00 euros.

 

b) Proyectos de generación de espacios de participación: 232.396,48 euros.

 

SEGUNDO.- Anular, en concepto de crédito no concedido, el importe de 17.603,52 euros de la autorización de gasto con número de propuesta 1110000342, aprobada por Acuerdo de 16 de marzo de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.

 

TERCERO.- Desestimar las solicitudes de subvenciones presentadas por las entidades que figuran en el anexo II, por las causas que se indican en el mismo.

 

CUARTO.- Aprobar la relación ordenada de las entidades suplentes que figuran como anexo III, con una puntuación igual o superior a 40 puntos y que no han obtenido subvención por haberse agotado el crédito.

 

QUINTO.- Declarar la no aceptación de la subvención de la entidad que figura en el anexo IV.

 

SEXTO.- Disponer la publicación de este decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, ante la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con los apartados 30, 45, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, con arreglo a lo dispuesto en el apartado 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (apartado 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 28 de noviembre de 2023.- La Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, María Inmaculada Sanz Otero.

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