BOAM nº 9934 (04/08/2025)
Agencia de Actividades
3036
Resolución de 12 de junio de 2025 del Gerente del Organismo Autónomo Agencia de Actividades por la que se modifica la denominación social de la entidad colaboradora urbanística AECLU EDIFICACIÓN Y SOSTENIBILIDAD, S.L.Vista la solicitud y documentación presentadas, de acuerdo con la propuesta formulada por la Subdirección General de Secretaría Técnica de 19 de enero de 2024 y en virtud de las competencias atribuidas por el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad,
RESUELVO
PRIMERO.- Modificar la autorización administrativa concedida por Resolución de la Gerente del Organismo Autónomo Agencia de Actividades de 29 de mayo de 2014 y posterior resolución de la Gerente de 15 de junio de 2023 por la que se autorizó con carácter definitivo a la citada entidad AECLU EDIFICACIÓN Y SOSTENIBILIDAD, S.L. para actuar como entidad urbanística colaboradora en el ámbito de la Ordenanza 6/2022 de 26 de abril de Licencias y Declaraciones Responsables del Ayuntamiento de Madrid, en lo relativo al cambio de denominación social de la citada mercantil, cuya nueva denominación pasa a ser AECLU, S.L. según escritura pública de 21 de noviembre de 2024.
SEGUNDO.- La presente modificación surtirá efectos desde la fecha de su notificación, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en el portal Web del Ayuntamiento de Madrid y el traslado de la misma al Registro de Entidades Privadas de Colaboración Urbanística de la Comunidad de Madrid".
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la presente notificación, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la presente notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).
Madrid, a 12 de junio de 2025.- El Gerente del Organismo Autónomo Agencia de Actividades, Ricardo Galeote Lago.