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BOAM nº 9615 (18/04/2024)
Distrito de Arganzuela

1263

Decreto de 15 de abril de 2024 de la Concejala Presidenta del Distrito de Arganzuela por el que se aprueba el pliego de condiciones técnicas y administrativas que regirán la autorización demanial del recinto ferial del Distrito de Arganzuela, sito en paseo Chopera, 10 para la instalación de atracciones feriales en las fiestas de la Melonera 2024 del Distrito de Arganzuela.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en ejercicio de las competencias delegadas por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en los Concejales-Presidentes de los Distritos, por Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de los Distritos (BOAM número 9.421, de 7 de julio de 2023), a propuesta de la Concejala Presidenta del Distrito de Arganzuela,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar el Pliego de Condiciones que regirá la licitación para la adjudicación de la autorización demanial para la instalación dentro del espacio del recinto ferial de las atracciones feriales en las Fiestas de la Melonera 2024 del Distrito de Arganzuela.

 

SEGUNDO.- Convocar licitación por concurso público para la adjudicación de la autorización demanial del Recinto Ferial del Distrito de Arganzuela, con el fin de establecer las condiciones técnicas, jurídicas, económicas e higiénico-sanitarias que han de regir la autorización administrativa para la gestión y aprovechamiento del espacio público destinado a la instalación de atracciones feriales, casetas y situados verbeneros, dentro del espacio del recinto ferial de paseo Chopera, número 10, delimitado para la instalación de las atracciones feriales en las Fiestas de la Melonera 2024 del Distrito de Arganzuela.

 

ANEXO

 

CONDICIONES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS QUE REGIRÁN LA LICITACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DEMANIAL DE LA ZONA DEL RECINTO FERIAL DEL DISTRITO DE ARGANZUELA, SITO EN PASEO CHOPERA, 10, DESTINADA A LA INSTALACIÓN DE LAS ATRACCIONES FERIALES EN LAS FIESTAS DE LA MELONERA 2024 DEL DISTRITO DE ARGANZUELA.

 

I. DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL.

 

1. Objeto.

 

El presente Pliego tiene por objeto establecer las condiciones técnicas, jurídicas, económicas e higiénico-sanitarias que han de regir la autorización administrativa para la gestión y aprovechamiento del espacio público destinado a la instalación de atracciones feriales, casetas y situados verbeneros, dentro del espacio del Recinto Ferial de Paseo Chopera número 10, delimitado para la instalación de las atracciones feriales en las Fiestas de la Melonera 2024 del Distrito de Arganzuela, según descripción contenida en el plano adjunto como ANEXO IX.

 

Como contraprestación al aprovechamiento, la empresa o entidad que resulte autorizada para gestionar el recinto deberá contemplar, a su exclusivo cargo, la programación, coordinación y producción de diversas actividades, así como las infraestructuras y servicios auxiliares que resulten necesarios para el correcto funcionamiento del recinto, según se detalla en el presente pliego.

 

2. Régimen jurídico.

 

La autorización demanial se regirá por lo dispuesto en el presente Pliego. Para lo no previsto en el mismo, será de aplicación la Ley 33/2003, de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas, la Ordenanza Reguladora de la Gestión de los Recintos de Ferias y Festejos Populares de las Juntas Municipales de Distrito, de 30 de julio de 1998 (en todo aquello que no se oponga a la Ley 33/2003), así como la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. Por último, se aplicarán los principios de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y normativa de desarrollo de esta, para la resolución de cuantas dudas y lagunas pudieran presentarse.

 

En cuanto a la actividad desarrollada en el recinto ferial, le será de aplicación la Ley 17/1997, de 4 de julio, de espectáculos públicos y actividades recreativas y su normativa de desarrollo (Decreto 184/1998, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas), así como la Ordenanza Reguladora de la Venta Ambulante, de 27 de marzo de 2003, siendo esta última aplicable en los aspectos que resulten procedentes, así como cuanta normativa sectorial de ámbito estatal, autonómico y local le resulte aplicable por razón de la materia.

 

La empresa o entidad seleccionada, como autorizada para gestionar el espacio delimitado dentro del recinto ferial para la instalación de atracciones feriales, casetas y situados verbeneros, estará obligada a todas y cada una de las determinaciones contenidas en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas, así como en el presente pliego de condiciones, siendo responsable de las instalaciones, así como del cumplimiento por los distintos feriantes que se instalen en las ubicaciones previstas.

 

Las cuestiones o litigios que puedan derivarse del otorgamiento de la autorización tendrán siempre carácter administrativo y, en su caso, serán sometidas a los Tribunales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

3. Órgano competente.

 

La competencia para el otorgamiento de esta autorización la tiene atribuida la Concejala-Presidenta del Distrito, de conformidad con lo establecido en el artículo 12.1 de la Ordenanza Reguladora de la Gestión de los Recintos de Ferias y Festejos Populares, así como el apartado 4.6.2 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de los distritos. Dicho órgano ostenta también las prerrogativas de interpretarla, resolver las dudas que ofrezca su ejecución, modificarla y acordar su resolución, todo ello con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que dicte a este respecto serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho del adjudicatario a su impugnación.

 

4. Emplazamiento, duración y horarios. Otras prestaciones.

 

La instalación de atracciones feriales, casetas y situados verbeneros de la Fiestas de la Melonera 2024 se realizará en suelo urbano en los Jardines de Matadero-Parque de Madrid Rio, en la zona posterior de la Junta Municipal de Distrito de Arganzuela (Paseo Chopera número 10), según el plano adjunto ANEXO IX. La autorización para el uso abarca desde el 2 hasta el 16 de septiembre de 2024, ambos inclusive (montajes y desmontajes incluidos).

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