BOAM nº 9968 (22/09/2025)
Distrito de Barajas
3441
Decreto de 12 de agosto de 2025 del Concejal Presidente del Distrito de Barajas por el que se aprueban las bases que regirán el XXI Certamen Nacional de Pintura Rápida Parque de “El Capricho en Otoño” año 2025.En el ejercicio de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 29 de junio de 2023 por el que se delegan competencias en las Juntas Municipales, Concejales Presidentes y en los Coordinadores de Distrito,
DISPONGO
Aprobar las bases que han de regir el XXI Certamen Nacional de Pintura Rápida Parque de "El Capricho en Otoño" Año 2025.
BASES
1.- Objeto y finalidad de la convocatoria.
Con la finalidad de promover la cultura a través de los valores pictóricos en el marco incomparable del Parque del Capricho se convoca la vigésimo primera edición de estos premios de pintura rápida, que tendrá lugar el sábado 25 de octubre de 2025.
2.- Criterios de valoraciónpara la concesión del premio.
Los premios se concederán atendiendo al valor artístico de la obra, su originalidad, la técnica empleada, los materiales utilizados y la capacidad de transmitir cuanto se ve y se siente en el Parque del Capricho en el momento en que tiene lugar el pintado de las obras durante el certamen.
El estilo y la técnica de las obras serán libres y su temática girará en torno al Parque del Capricho, sus paisajes, edificios, paseos, monumentos, etc., valorándose negativamente el copiado de imágenes distintas (fotografías impresas, de móviles, tablets, o similar) a las que realmente se puedan ver en el momento y lugar en que se encuentre el participante pintando mientras transcurra el certamen.
3.- Requisitos de participación.
Podrán presentarse al certamen todas las personas físicas de nacionalidad española y extranjera, residentes en España mayores de 18 años. Los participantes deberán tener cumplida la edad exigida en la fecha de celebración del certamen.
No podrán participar los ganadores del primer premio de la edición anterior de este certamen.
No podrán participar en la convocatoria las personas que, cumpliendo los requisitos específicos, estén incursos en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Los participantes deberán cumplimentar la declaración responsable del impreso de inscripción en la que manifiesten que no están incursos en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas; que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, y que acepta plenamente el contenido de las bases de la presente convocatoria. Los certificados y declaraciones expresados deben estar vigentes durante todo el proceso.
Los órganos gestores comprobarán, asimismo, que se encuentran al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y en materia de Seguridad Social, haciéndolo constar en el expediente mediante la oportuna diligencia. En caso de resultar premiado, deberá haber autorizado la consulta.
El órgano instructor podrá consultar y verificar los datos relativos a estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AET), con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), y con la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid previo consentimiento expreso del interesado. En el supuesto de que las personas solicitantes no autoricen expresamente esta consulta, el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se acreditará mediante la presentación por el interesado junto con la solicitud, de las certificaciones acreditativas expedidas por la AEAT, TGSS y por la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid que tengan vigencia a la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes.
En todo caso, no se podrá exigir la presentación de documentos o la aportación de datos que ya estén en poder de las Administraciones Públicas. A estos efectos, el solicitante deberá declarar en qué administración, institución pública u órgano administrativo consta el dato o la documentación original.
4.- Plazo de presentación de la solicitud de inscripción.
Se podrá presentar desde el día 22 de septiembre de 2025 y hasta el día 20 de octubre de 2025, ambas fechas incluidas.
a) Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es. En ese caso deberá utilizar alguno de los sistemas de identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Madrid. Deberá conservarse el resguardo para su presentación el día de celebración del certamen.
b) Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si se presenta en las oficinas de correo en la forma que establece el artículo 16, la dirección de envío es la siguiente: Oficina de Atención a la Ciudadanía del Distrito de Barajas, plaza de Mercurio, s/n, 28042 Madrid. Deberá conservarse el resguardo para su presentación el día de celebración del certamen.
Modelo de solicitud de inscripción: Los participantes deberán presentar el impreso de solicitud debidamente cumplimentado según modelo que se obtendrá a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es).
El mero hecho de participar en el certamen supone la plena aceptación de la totalidad de la presente convocatoria.
5.- Premios.
Se establecen los siguientes premios:
Primer premio: 3.500 euros.
Segundo premio: 2.500 euros.
Tercer premio: 1.500 euros.
Se imputará a la aplicación presupuestaria 001/221/334.01/482.03 "Actividades culturales. Premios", del presupuesto municipal para el año 2025.