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BOAM nº 9620 (25/04/2024)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

1359

Resolución de 23 de abril de 2024 del Director General de Programas y Actividades Culturales por la que se concede un plazo para la subsanación de las solicitudes presentadas en la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas destinadas a salas de pequeño formato de actividad escénica, salas de música en directo y espacios independientes de creación artística contemporánea 2024/2025.

El 1 de abril de 2024 se publicó el Decreto de 19 de marzo de 2024 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas destinadas a salas de pequeño formato de actividad escénica, salas de música en directo y espacios independientes de creación artística contemporánea 2024/2025 y sus correspondientes bases en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Una vez realizadas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los documentos presentados junto con la solicitud, en relación con la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a salas de pequeño formato de actividad escénica, salas de música en directo y espacios independientes de creación artística contemporánea 2024/2025 y, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la correspondientes bases y en el artículo 24 apartados 1, 2 y 3 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, como órgano instructor,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Conceder un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para la subsanación de las solicitudes presentadas que no reúnen los requisitos de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a salas de pequeño formato de actividad escénica, salas de música en directo y espacios independientes de creación artística contemporánea 2024/2025, que se relacionan en el Anexo adjunto, indicándoles que si no lo hiciesen se les tendrá por desistidos en su solicitud, previa resolución de la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.

 

SEGUNDO.- Publicar esta disposición en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es), tal y como se establece en el artículo 13 de las bases de la convocatoria, en relación con el artículo 45 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Madrid, a 23 de abril de 2024.- El Director General de Programas y Actividades Culturales, Rafael Cabrera Yagües.

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