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BOAM nº 9617 (22/04/2024)
Distrito de Arganzuela

1305

Decreto de 5 de abril de 2024 de la Concejala Presidenta del Distrito de Arganzuela por el que se aprueban las bases de la Convocatoria 2024 - V Edición Certamen Literario “Benito Pérez Galdós”.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en ejercicio de las competencias delegadas por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en los Concejales-Presidentes de los Distritos, por Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de los Distritos (BOAM núm. 9.421, de 7 de julio de 2023), la Concejala Presidenta del Distrito de Arganzuela

 

DISPONE

 

PRIMERO.- Aprobar las bases que regirán la Convocatoria 2024 - V Edición Certamen Literario "Benito Pérez Galdós".

 

SEGUNDO.- Autorizar un gasto de ocho mil euros (8.000,00 euros), con cargo a la partida 2024/001/202/33401/48203 "Actividades culturales. Premios", del presupuesto de gastos de Arganzuela para el año 2024.

 

TERCERO.- Disponer la publicación de las bases, conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 24.3 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre 2013.

 

ANEXO

 

BASES CONVOCATORIA PREMIO ARGANZUELA 2024

V EDICIÓN CERTAMEN LITERARIO "BENITO PÉREZ GALDÓS"

 

1. Objeto y finalidad de la convocatoria.

 

El Distrito de Arganzuela establece las bases por las que se regirá la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de la V Edición del Certamen Literario "Benito Pérez Galdós" en dos modalidades: relato corto y poesía.

 

Constituye el objeto de estas bases regular la convocatoria del certamen, con una triple finalidad, la de incentivar la creación artística en el ámbito de la literatura; crear una plataforma de promoción para los escritores del Distrito de Arganzuela, y rendir homenaje a Benito Pérez Galdós, escritor íntimamente ligado a la ciudad de Madrid.

 

2. Régimen jurídico aplicable.

 

La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE 18-11-2003).

 

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. 25-7-2006).

 

La Disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017 y la Ordenanza 3/2023, de 28 de noviembre, por la que se modifica la Ordenanza de Bases Reguladoras para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, así como, lo recogido en la presente convocatoria.

 

3. Premios.

 

Los premios que se concedan al amparo de esta convocatoria se imputarán al crédito recogido en la partida 2024/001/202/33401/48203 "Actividades culturales. Premios". El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 8.000,00 euros. Modalidades:

Relato corto a nivel nacional: 2.000,00 euros.

Relato corto para autores empadronados en el Distrito de Arganzuela: 2.000,00 euros.

Poesía a nivel nacional: 2.000,00 euros.

Poesía para autores empadronados en el Distrito de Arganzuela: 2.000,00 euros.

 

El abono de premios se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por los beneficiarios, previa aportación del documento "Alta de pago por transferencia" o documento "T" y se tendrá en cuenta la legislación vigente en materia de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, a los efectos de aplicar las retenciones correspondientes.

 

4. Participantes y categorías.

 

Podrán participar en este concurso todos los escritores, cualquiera que sea su nacionalidad, que presenten obras originales, inéditas, no premiadas en otros certámenes y escritas en castellano.

 

Cada modalidad (relato corto, poesía) tendrá dos categorías:

 

1. Categoría: Certamen literario "Benito Pérez Galdós", destinado a cualquier persona residente en España que haya cumplido la mayoría de edad en el momento de presentar su obra.

 

2. Categoría: Certamen literario "Benito Pérez Galdós" para autores empadronados en el Distrito de Arganzuela y que hayan cumplido la mayoría de edad en el momento de presentar su obra.

 

Los participantes solo podrán presentarse a una categoría de cada modalidad.

 

No podrán participar los miembros del jurado.

 

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 27 del Reglamento que la desarrolla, no podrán concurrir aquellos que, cumpliendo los requisitos recogidos en las presentes bases, estén incursos en alguna de las causas enumeradas en las citadas disposiciones.

 

Todo ello se acreditará en el momento de presentación de las solicitudes en la forma prevista en el apartado que regula la Inscripción.

 

No se podrá exigir la presentación de documentos o la aportación de datos que ya estén en poder de las Administraciones Públicas. A estos efectos, la persona solicitante deberá declarar en qué administración, institución pública u órgano administrativo consta el dato o la documentación original.

 

De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la persona solicitante deberá autorizar expresa e inequívocamente a este Ayuntamiento para la petición y obtención de dicha información, debiendo constar dicho consentimiento en la solicitud de concesión o en cualquier otra comunicación posterior.

 

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