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BOAM nº 10008 (18/11/2025)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

4269

Decreto de 6 de noviembre de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por el que se declara desierto el V Premio de Novela Corta “Planetario de Madrid”.

Vista la propuesta formulada por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos que antecede y obra en el expediente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en virtud de las facultades que me han sido delegadas por el apartado 3.1.9 del Acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, una vez emitido informe de fiscalización favorable,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Declarar desierto el V Premio de Novela Corta "Planetario de Madrid", de conformidad con lo previsto en el apartado 8.3 de la convocatoria aprobada por decreto de 24 de abril de 2025 y de conformidad con la propuesta formulada por el jurado designado al efecto.

 

SEGUNDO.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1. Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

2. Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.

 

3. Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 6 de noviembre de 2025. La Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, Marta Rivera de la Cruz.

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