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BOAM nº 9624 (03/05/2024)
Distrito de Hortaleza

1432

Decreto de 25 de abril de 2024 del Concejal Presidente del Distrito de Hortaleza por el que se hacen públicas las bases que han de regir el XIX Certamen de Teatro Abierto de Hortaleza.

En uso de las facultades que han sido conferidas por Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 9.421, de 7 de julio de 2023), el Concejal Presidente de Hortaleza

 

DISPONE

 

Aprobar las bases que han de regir el "XIX Certamen de Teatro Abierto de Hortaleza".

 

1.- Objeto y finalidad de la convocatoria.

 

El Certamen de Teatro Abierto de Hortaleza fue creado con el propósito de promover e incentivar la creación escénica y dramática entre los grupos no profesionales, ofreciendo a toda la ciudadanía la posibilidad de acercarse al teatro en su sentido más amplio. Es por eso que el objeto de su XIX edición es seleccionar, entre los textos de teatro presentados, aquellos que tanto por su tratamiento dramático como por su visión escénica se consideren mejores, con el fin de contribuir a la difusión de la cultura teatral.

 

2.- Régimen jurídico.

 

A la presente convocatoria le será de aplicación lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la misma, y la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, modificada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 28 de noviembre de 2023; en su defecto, se regularán por lo dispuesto en la citada ordenanza.

 

Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.

 

3.- Premios.

 

3.1.- Crédito presupuestario e importe de los premios. El gasto que comporta la presente convocatoria asciende a 6.000,00 €, distribuyéndose de la siguiente manera:

 

- Primer Premio: Con una dotación económica de 2.800,00 €.

- Segundo Premio: Con una dotación económica de 1.600,00 €.

- Tercer Premio: Con una dotación económica de 1.000,00 €.

- Premio del Público: Con una dotación económica de 600,00 €.

 

Se imputará a la aplicación presupuestaria 001/216/334.01/482.03 "Actividades Culturales. Premios" del Presupuesto Municipal para el año 2024. La concesión quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la subvención.

 

3.2.- El jurado podrá otorgar los premios o menciones especiales, sin dotación económica, que estime convenientes por razones de calidad o decidir que el Certamen pueda quedar desierto en parte o en su totalidad.

 

4.- Publicación de la convocatoria.

 

La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

 

5.- Órganos competentes para la Instrucción y Resolución del Procedimiento.

 

El Órgano competente para la instrucción será el Coordinador del Distrito y el competente para la resolución del procedimiento de concesión de premios a cargo del Distrito de Hortaleza, el Concejal Presidente.

 

6.- Requisitos de los participantes y de las obras que concurran a los premios.

 

Podrá participar cualquier grupo teatral, no profesional, pudiendo presentar cada grupo cuantas obras deseen, o conjunto de piezas cortas.

 

El grupo deberá tener personalidad jurídica propia o estar respaldado por una entidad jurídica, a efectos de posible cobro de premios en metálico u otros trámites. Se aceptarán escuelas de teatro/actores, asociaciones, colegios, universidades, fundaciones u otros colectivos con la indicada personalidad.

 

La posible entidad de respaldo y el grupo no podrán tener ninguna vinculación laboral entre ellos, relacionada con el teatro.

 

La duración total de las obras no será inferior a una hora, ni superará las dos horas, con total libertad de estilo, autores, tema, contenidos, montaje, adaptación y puesta en escena.

 

El texto ha de estar escrito en lengua castellana.

 

Se aceptarán todo tipo de modalidades teatrales, ya sean dramáticas como musicales, así como adaptaciones de novela, cine, televisión, radio, etc.

 

Las obras se presentarán ante un público sin restricciones de edad y con los medios propios de cada grupo.

 

Si las obras precisasen permiso de la SGAE o abono de derechos de autor, ambos trámites deberán ser cubiertos previamente por el grupo.

 

7.- Documentación a presentar, modo, lugar y plazos.

 

Los grupos teatrales que deseen participar deberán cumplimentar una solicitud de inscripción específica para este Certamen.

 

El modelo de solicitud está disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es.

 

Modo de presentación: las solicitudes deberán presentarse electrónicamente a través, de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.a) de la LPAC, debiendo utilizarse para ello alguno de los certificados electrónicos admitidos.

 

Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos: las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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