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BOAM nº 9368 (20/04/2023)
Distrito de Latina

1305

Decreto de 29 de marzo de 2023 del Concejal Presidente del Distrito de Latina por el que se aprueban las bases que han de regir la Sexta Edición del Certamen de Arte Urbano de Latina Juan Carlos Argüello “Muelle”.

El Concejal Presidente del Distrito de Latina, en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de 25 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de los Distritos, ha adoptado el siguiente

 

DECRETO

 

PRIMERO.- Aprobar las bases que han de regir la convocatoria de la Sexta Edición del Certamen de Arte Urbano de Latina Juan Carlos Argüello "Muelle", cuyo objetivo es fomentar la participación de la ciudadanía con inquietudes en el campo de la creación artística en el entorno urbano y en homenaje al artista Juan Carlos Argüello "Muelle".

 

SEGUNDO.- Convocar la Sexta Edición del Certamen de Arte Urbano de Latina Juan Carlos Argüello "Muelle".

 

TERCERO.- Autorizar un gasto por importe de 1.500 €, para financiar los premios de la presente convocatoria que se imputará a la aplicación presupuestaria 001/210/33401/48203 "Actividades Culturales. Premios", del presupuesto municipal de gastos de 2023".

 

BASES DE LA CONVOCATORIA

 

1.- Objeto finalidad de la convocatoria.

 

El Distrito de Latina establece las bases por las que se regirá la convocatoria de la Sexta Edición del Certamen de Arte Urbano de Latina Juan Carlos Argüello "Muelle" en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Constituye el objeto de las presentes bases, la regulación y convocatoria de dicho certamen, con el fin de fomentar la participación de la ciudadanía con inquietudes en el campo de la creación artística en el entorno urbano y en homenaje al artista Juan Carlos Argüello "Muelle".

 

2.- Régimen jurídico aplicable.

 

A la presente convocatoria le será de aplicación lo dispuesto en la disposición adicional primera, relativa a los premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza sujetos a publicidad y concurrencia, de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013. En su defecto se regulará por lo dispuesto en la citada ordenanza, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y su reglamento, salvo en aquellos aspectos en los que por la especial naturaleza de estas subvenciones no resulte aplicable.

 

3.- Crédito presupuestario.

 

La financiación de la presente convocatoria se imputará a la aplicación presupuestaria 001/210/33401/48203 "Actividades Culturales. Premios", del presupuesto municipal de gastos de 2023, con un importe de 1.500 euros.

 

4.- Participantes.

 

Podrá participar cualquier persona física, española o extranjera, residente en España, con edad mínima de 14 años cumplidos a la fecha de publicación de la convocatoria, que no preste sus servicios en el Ayuntamiento de Madrid.

 

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, no podrán concurrir las personas que, cumpliendo los requisitos específicos de participación recogidos en las presentes bases, estén incursas en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en la citada disposición.

 

Las personas interesadas en participar podrán informarse previamente en la Secretaría de los centros culturales o en la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario del Distrito.

 

5.- Requisitos que deben reunir los bocetos.

 

La temática del certamen es libre, siendo condición imprescindible la realización de un boceto que cumpla con los siguientes requisitos:

 

- Cada participante podrá presentar un único boceto, preferentemente en formato A3 apaisado, en color, con el proyecto del graffiti que se pretende realizar.

- Deberá ser original e inédito y no estar pendiente de votación o haber sido premiado en ningún otro certamen o concurso.

- Deberá estar adaptado para un mural de las estructuras y dimensiones aproximadas: 15,5 x 2,5 m.

- No se admitirán bocetos con contenidos violentos, sexistas, políticos, irreverentes, obscenos, xenófobos, anticonstitucionales o cualquier otro susceptible de atentar contra la dignidad de las personas o los Derechos Humanos.

 

6.- Normas de celebración del certamen.

 

Plazo de presentación:

El plazo de presentación de los bocetos será de 30 días naturales desde el día siguiente a su publicación en el BOCM.

 

Modo de presentación:

Para participar será necesario registrar la solicitud de inscripción en el formulario correspondiente y presentar las obras en la dependencia municipal señalada al efecto.

 

Las solicitudes se presentarán en el registro del Ayuntamiento de Madrid:

- Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento https://sede.madrid.es. En este caso deberá utilizar alguno de los sistemas de identificación electrónica admitidas por el Ayuntamiento de Madrid.

- Presencialmente, en cualquiera de las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediane las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas (LPAC)

 

El modelo de solicitud está disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es) y estará dirigida a la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario del Distrito de Latina.

 

La presentación de la documentación y los bocetos se presentarán presencialmente en la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario. Una vez recibido el formulario cumplimentado (arriba referenciado) por registro en la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario, se procederá a comunicar al interesado vía e-mail, día y hora para la presentación de los bocetos y la documentación en la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario sito en avenida de la Águilas, n.º 2, 2.ª planta.

 

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