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BOAM nº 9540 (02/01/2024)
Distrito de Tetuán

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Decreto de 15 de diciembre de 2023 de la Concejal Presidenta del Distrito de Tetuán por el que se aprueban las bases de la III Edición del Certamen Literario Escolar “Tetu y Tuán” del Distrito de Tetuán, año 2024. Número de expediente 106/2023/06315.

En virtud de las atribuciones conferidas a los/las Concejales/las-Presidentes/tas de Distrito, por Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de los Distritos (BOAM número 9.421, de fecha 7 de julio de 2023),

 

DISPONGO

 

"Aprobar la convocatoria de la III Edición del Certamen Literario Escolar "Tetu y Tuán" del Distrito de Tetuán, año 2024, y las bases por las que ha de regirse, según el Anexo que se adjunta".

 

Madrid, a 15 de diciembre de 2024. La Concejal Presidenta del Distrito de Tetuán, Paula Gómez-Angulo Amorós.

 

ANEXO

 

III EDICIÓN DEL CERTAMEN LITERARIO ESCOLAR "TETU Y TUÁN"DEL DISTRITO DE TETUÁN, AÑO 2024

 

Convocatoria

 

El Distrito de Tetuán tiene como uno de sus objetivos prioritarios de actuación acercar la Cultura a la juventud y la infancia. Para ello, dentro de las diversas actuaciones que lleva a cabo en este sentido, ha decidido convocar el III Certamen Literario Escolar "Tetu y Tuán" del Distrito de Tetuán, que se regirá por las disposiciones establecidas en la presente convocatoria.

 

1. Objeto, finalidad y tema del certamen.

 

1.1. Constituye el objeto del III Certamen Literario Escolar "Tetu y Tuán" del Distrito de Tetuán fomentar el interés por la literatura, las capacidades creativas y el gusto por la lectura de los más jóvenes del distrito.

 

1.2. La temática de los trabajos que se presenten a este certamen variará en cada una de sus convocatorias, y se relacionará con la actualidad del momento, siendo la de la presente Edición "Tetuán, mi distrito".

 

2. Régimen jurídico aplicable al certamen.

 

2.1. El certamen se regirá por lo establecido en la presente convocatoria, la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, de fecha 30 de octubre de 2013, sobre concesión de premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza sujetos a publicidad y concurrencia, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017; en su defecto, se regularán por lo dispuesto en la citada Ordenanza, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y su Reglamento, salvo en aquellos aspectos en los que por la especial naturaleza de estas subvenciones no resulte aplicable; y por las demás disposiciones que resulten de aplicación.

 

2.2. La financiación de los premios que se concedan al amparo de esta convocatoria, cuyo importe total asciende a 4.760 euros, se imputarán al crédito recogido en la partida 2024/1/001/206/334.01/482.03 "Premios" del Programa "Actividades Culturales" del Presupuesto de Gastos del Distrito de Tetuán para la anualidad 2024, quedando esta cuantía condicionada a su aprobación definitiva.

 

3. Destinatarios.

 

3.1. Podrán participar todos los alumnos matriculados en los centros escolares públicos, concertados y privados del Distrito de Tetuán que impartan las enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Ciclos Formativos de FP Básica y de Grado Medio y Educación Especial.

 

3.2. Los alumnos deberán ser inscritos en el certamen por dichos centros educativos (profesores o equipo directivo).

 

3.3. Los premios se entregarán del siguiente modo:

 

· El premio en metálico al centro con más alumnos inscritos, mediante transferencia bancaria al centro ganador.

· Los premios en metálico destinados a la adquisición de los Bonoparques Oro, Plata y Bronce, se entregarán mediante transferencia bancaria al centro educativo en el que esté cursando sus estudios el alumno ganador de dichos premios. El centro se encargará de la gestión, adquisición y entrega de los Bonoparques al alumno ganador.

 

4. Categorías y modalidades.

 

Las categorías están determinadas según los cursos escolares que se adscriben a las mismas, correspondiendo a cada una de ellas una de las modalidades de participación:

 

Categoría Benjamín: 3.º, 4.º, 5.º y 6.º de Primaria. Modalidad Redacción.

Categoría Junior: 1.º, 2.º, 3.º y 4º ESO, 1.º y 2.º PMAR. Modalidad Relato Corto.

 

5. Requisitos.

 

5.1. Podrá presentarse al certamen cualquier alumno matriculado en los centros escolares públicos, concertados y privados del Distrito de Tetuán que impartan las enseñanzas de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, y Educación Especial, en los ciclos y enseñanzas indicados para cada categoría. Los alumnos deberán ser inscritos en el certamen por su profesor de lengua y literatura, o responsable que el centro designe, con la autorización de sus progenitores o tutor/a legales.

 

5.2. Cada alumno participante deberá tener la autorización expresa de su madre, padre o tutor/a legal para participar en el presente certamen, así como para su aparición en todo el material gráfico y videográfico que se utilice. Dicha autorización, cuyo modelo se presenta como Anexo II "Autorización menores" y será publicado en la sede electrónica, podrá presentarse de manera electrónica o presencial.

 

5.3. El tratamiento y comprobación por parte de la Administración municipal de los datos relativos al cumplimiento de los requisitos de los centros participantes requerirá de su autorización expresa, contenida en la solicitud específica (artículo 6 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y artículo 6 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD)).

 

5.4. Los centros deberán cumplir con los siguientes requisitos:

 

a) Deberá haber un responsable, profesor/a o miembro del equipo directivo del centro, que actuará como interlocutor/a entre la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario de la Junta Municipal de Tetuán y el centro educativo.

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