BOAM nº 9866 (24/04/2025)
Distrito de Chamartín
1651
Resolución de 9 de abril de 2025, de la Coordinadora del Distrito de Chamartín, por el que se aprueba la relación de emplazamientos de quioscos de temporada para el año 2025.La Junta Municipal de Chamartín, en su sesión ordinaria celebrada el día 9 de abril de 2025 ha aprobado la relación de emplazamientos de quioscos de temporada para el año 2025. Dicha aprobación inicial se entenderá definitiva si no se producen reclamaciones durante el plazo de información pública de un mes, a contar desde el siguiente al de su publicación en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid. Todo ello de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración actualmente vigente.
Con autorización vigente: ninguno.
Vacante: calle Potosí, 6.
De nueva creación: ninguno.
Dicho quiosco estará sujeto a las siguientes condiciones, recogidas en el informe técnico del Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana de 21 de marzo de 2025:
Situación: Zona ajardinada municipal de la calle Potosí nº 6.
Quiosco de temporada con una superficie de 17,00 m2, incluyendo el espacio destinado a servicios higiénicos.
Terraza de veladores con una ocupación de 91,00 m2.
Zona de tarima adosada al quiosco de 14,30 m2.
Elementos de terraza de veladores autorizados: 27 mesas, 108 sillas, 10 sombrillas móviles. Se puede apilar el mobiliario de terraza, sin afección a los elementos de mobiliario de terraza o a los elementos vegetales existentes.
Periodo de funcionamiento: de 15 de marzo a 31 de octubre de cada año.
Vigencia: Dos años prorrogable por otros dos, previa petición expresa.
Tasa: la correspondiente al epígrafe Fiscal de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, y será publicado en la sede electrónica del Ayuntamiento, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 31.2 de la Ordenanza Reguladora de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración de 30 de julio de 2013.
El procedimiento, documentación, criterios de adjudicación y condiciones técnicas de la instalación serán los establecidos en los artículos 27 a 34 de la citada ordenanza, y los que, en su caso, se determinen en la correspondiente autorización.
Madrid, a 9 de abril de 2025.- La Coordinadora del Distrito de Chamartín, Alicia Gregorio Arroyo.