BOAM nº 7219 (30/07/2014)
Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública
1469
Decreto de 21 de julio de 2014 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública por el que se resuelve la Bolsa de Trabajo de funcionarios interinos de la categoría de Médico de Medicina General del Ayuntamiento de Madrid para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria Samur-Protección Civil.Por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos se ha formulado propuesta de resolución de la bolsa de trabajo para la selección de funcionarios interinos de la categoría de Médico de Medicina General del Ayuntamiento de Madrid, convocada por Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública de 19 de diciembre de 2013 (BOAM n.º 7094, de 28 de enero de 2014).
La propuesta se realiza de conformidad con lo establecido en la Base 7 de las que rigen la convocatoria.
Corresponde a la titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública la competencia para resolver las convocatorias de selección de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.3.2.i) del Acuerdo de 17 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos.
En consecuencia, en uso de las competencias delegadas en el artículo 3.3.2.i) del mencionado Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 17 de enero de 2013,
DISPONGO
Primero.- Resolver, de conformidad con la propuesta de la Comisión de Valoración, la bolsa de trabajo de funcionarios interinos de la categoría de Médico de Medicina General del Ayuntamiento de Madrid para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria Samur-Protección Civil, convocada por Decreto de 19 de diciembre de 2013, que se incorpora como Anexo al presente decreto.
Segundo.- Disponer la publicación del presente decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid y en la página web http://www.madrid.es, conforme a lo preceptuado en la Base 7 de las que rigen la convocatoria.
Tercero.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquier de los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1991, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.
II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto.
En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículos 8.1 y 14.1.2.ª de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa).
Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Madrid, a 21 de julio de 2014.- La Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, Concepción Dancausa Treviño.