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BOAM nº 6317 (24/11/2010)
Distrito de San Blas

2262

Resolución de 22 de diciembre de 2009 del Gerente del Distrito de San Blas por la que se ordena la suspensión y legalización de aparato de aire acondicionado a L.P.F., con Documento Nacional de Identidad número 51.652.183-W, expediente número 117/2009/04577.

Intentada sin efecto la notificación al interesado y, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación por medio del presente anuncio de la resolución de orden de suspensión y legalización dictada a  L.P.F., con Documento Nacional de Identidad número 51.652.183-W, en expediente número 117/2009/04577, pudiendo consultar el texto íntegro en la Sección de Disciplina Urbanística del Distrito de San Blas, avenida de Arcentales, 28.

 

1.- Ordenar la suspensión inmediata del funcionamiento del aparato de aire acondicionado instalado en calle Herbolarios, 3, planta 1, puerta izquierda, sin licencia urbanística.

 

2.- Requerir al propietario del inmueble sito en calle Herbolarios, 3, planta 1, puerta izquierda, para que en el plazo de dos meses proceda a solicitar la oportuna licencia que ampare las obras realizadas, consistentes en instalación de una unidad exterior de aire acondicionado en fachada posterior, o ajuste las mismas a las condiciones de la licencia u orden de ejecución existentes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 195.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, advirtiéndole de que en caso de incumplimiento se procederá conforme a lo que establece el artículo 195.3 de la citada norma.

 

Contra la expresada resolución podrá interponer los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Gerente de este Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con la siguiente normativa:

 

- Con carácter general: Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).

 

- En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición Adicional Quinta LRJPAC, artículo 108, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Sin perjuicio de la interposición de la reclamación económico-administrativa, conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 35 del Reglamento Orgánico por el que se regula el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid, así como el procedimiento para la resolución de las reclamaciones de su competencia.

 

II.- Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 LRJPAC).

 

Madrid, a 22 de diciembre de 2009.- El Gerente del Distrito de San Blas, Gerardo Ravassa Checa.

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