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BOAM nº 9674 (15/07/2024)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

2456

Resolución de 8 de julio de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se resuelve dar publicidad a la anulación del nombramiento como funcionario de carrera de uno de los aspirantes del proceso selectivo convocado para proveer, mediante turno libre, 13 plazas de la categoría de Técnico/a especialista Actividades Deportivas (Salvamento-Vigilancia) del Ayuntamiento de Madrid.

Por Resolución de 3 de noviembre de 2021 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9.011, de 8 de noviembre de 2021), fueron convocadas pruebas selectivas para proveer, mediante turno libre, 12 plazas de la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas (Salvamento-Vigilancia) de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Madrid, ampliándose en 1 plaza más por Resolución de 12 de mayo de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9.139, de 18 de mayo de 2022).

 

Por Resolución de 6 de mayo de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos se dispone el nombramiento como funcionarios/as de carrera de los aspirantes integrantes de la relación complementaria de aprobados del proceso selectivo de las pruebas selectivas convocadas para el acceso a la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas (Salvamento-Vigilancia) del Ayuntamiento de Madrid publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid el 8 de mayo de 2024.

 

Contra dicha resolución por un interesado se interpuso recurso de reposición alegando que alguno de los aspirantes no cumplía los requisitos exigidos en la convocatoria.

 

Por Resolución de 18 de junio de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos se ha estimado el recurso interpuesto anulando el nombramiento como funcionario de carrera de Don Pablo Fernández Juárez, disponiendo la conservación de aquellos actos y trámites cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse cometido la infracción conforme lo previsto en el artículo 51 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).

 

Corresponde al titular de la Dirección General de Planificación de Recursos Humanos la competencia para nombrar como personal funcionario de carrera y como personal laboral fijo, a propuesta de la Comisión Permanente de Selección, a quienes superen las correspondientes pruebas, así como adjudicar los destinos de los mismos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, así como resolver los recursos de reposición y los extraordinarios de revisión presentados contra los actos dictados en materia de su competencia de conformidad con lo dispuesto en el apartado 9.3 y 14º 1.2 c) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOCM núm. 172, de 21 de julio de 2023), de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda.

 

En su virtud, se aprueba la siguiente

 

RESOLUCIÓN

 

ÚNICO.- Dar publicidad a la Resolución de 18 de junio de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se estima el recurso interpuesto y se anula la Resolución de 6 de mayo de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se dispone el nombramiento como funcionarios/as de carrera de los aspirantes integrantes de la relación complementaria de aprobados del proceso selectivo de las pruebas selectivas convocadas para el acceso a la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas (Salvamento-Vigilancia) del Ayuntamiento de Madrid publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid el 8 de mayo de 2024, en lo que se refiere al nombramiento como funcionario de carrera de Don Pablo Fernández Juárez, disponiendo la conservación de aquellos actos y trámites cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse cometido la infracción conforme lo previsto en el artículo 51 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), en particular los referidos al nombramiento de los restantes aspirantes.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2º y 124 LPAC y 46 LJCA).

 

III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).

 

IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 8 de julio de 2024.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.

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