BOAM nº 6044 (19/10/2009)
Distrito de Vicálvaro
2004
Resolución de 21 de mayo de 2009 del Gerente del Distrito de Vicálvaro por la que se inicia expediente sancionador a doña Eva Gómez Montalbán, expediente número 119/2009/01900.Intentada sin efecto la notificación al interesado y, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se procede a la notificación de la fase de Instrucción relativa a la propuesta de resolución por medio del presente anuncio, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Gestión del Distrito de Vicálvaro, plaza Don Antonio de Andrés, 18.
Referencia: 119/2009/01900.
Autoridad municipal competente: El Gerente del Distrito de Vicálvaro.
Emplazamiento: Calle Calahorra, 56.
Interesado: Doña Eva Gómez Montalbán.
Hechos denunciados: No presentar hojas de reclamaciones.
Norma infringida: Artículos 50.14 y 51.1 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid y artículos 19.e y 124.19 de la Ordenanza Municipal de Protección de los Consumidores (BOCM 1.07.03).
Calificación de la infracción: Leve, según el artículo 127.2 de la Ordenanza Municipal de Protección de los Consumidores.
Importe de la sanción: 300,00 euros según lo establecido en el artículo 128.1 de la Ordenanza Municipal de Protección de los Consumidores.
Instructora: Florentina Sanz Martín.
Secretaria: Mª Elena Martín Lafuente.
Se le concede un plazo de 15 días, de conformidad con el apartado 3 del artículo 6 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime conveniente en defensa de sus derechos e intereses, así como para proponer la práctica de las pruebas que considere pertinentes.
Madrid, a 21 de mayo de 2009.- El Gerente del Distrito de Vicálvaro, Faustino Álvarez Menéndez.