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BOAM nº 5948 (03/06/2009)
Distrito de Villa Vallecas

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Resolución de 12 de marzo de 2009 de la Gerente del Distrito de Villa de Vallecas por la que se inicia expediente sancionador a don Ventura Alcaide González, expediente número 120/2009/00990.

Intentada sin efecto la notificación al interesado, se procede a la notificación por medio del presente anuncio de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Gestión del Distrito de Villa de Vallecas, paseo de Federico García Lorca, 12:

 

"Denunciado: Ventura Alcaide González.

Lugar de los hechos: Avenida Santa Eugenia, 14.

Hecho denunciado: Miccionar en la vía pública.

Infracción: Artículo 32.14 de la Ordenanza Municipal de Policía Urbana y Gobierno de la Villa de Madrid (aprobada por Acuerdo Plenario de 16 de julio de 1948).

Calificación: Leve. Artículo 140.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Sanción prevista: 90,00 euros. Artículo 689 de la citada Ordenanza.

Fecha de la denuncia: 12 de febrero de 2009 a las 12:30 horas.

 

1. Iniciar procedimiento sancionador contra la persona arriba indicada y por los hechos así mismo señalados, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid (R.E.P.S.), cuya sanción, calificación y norma que la regula se mencionan. 

 

2. Nombrar Instructora a doña Otilia Montero Castellano y Secretario a don Emiliano Fernández López".

 

 El Instructor y el Secretario están sujetos al régimen de recusación previsto en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

 Los interesados podrán, durante el plazo de quince días desde la notificación de la presente Resolución, formular las alegaciones y presentar los documentos que tengan por conveniente, así como proponer la práctica de las pruebas que estimen pertinentes (artículo 6.3 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid).

 

 Si el interesado no presenta alegaciones sobre la presente Resolución, ésta podrá ser considerada propuesta de resolución en el caso de que contenga un pronunciamiento preciso en todos los elementos que la integran, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid (artículo 6.2.a) del mismo texto.

 

 Informar al interesado de la posibilidad del reconocimiento de responsabilidades en los términos y con los efectos previstos en el artículo 8 del citado Reglamento (artículo 6.2.b).

 

Madrid, a 12 de marzo de 2009.- La Gerente del Distrito de Villa de Vallecas, María del Mar Angulo Pérez.

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