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BOAM nº 10215 (17/09/2026)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

3467

Resolución de 14 de septiembre de 2026 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias por la que se aprueba la relación complementaria de aspirantes que han superado la fase de concurso-oposición libre, del proceso selectivo para la provisión de 300 plazas de la categoría Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid (promoción 53), en ejecución de sentencia.

Por Resolución del Coordinador General de Seguridad y Emergencias de fecha 1 de julio de 2020 (BOAM núm. 8.675, de 3 de julio de 2020), se convocaron pruebas selectivas para la provisión de 300 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, por el sistema de concurso-oposición libre, de las cuales 240 plazas correspondían al turno libre y las restantes 60 a la reserva contemplada en el artículo 38.4 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, para el acceso de militares profesionales de tropa y marinería.

 

Mediante sentencia firme n.º 140/2024, de 9 de mayo, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 8 de Madrid en el P.A. 543/2021, seguido a instancias de D. Daniel Manso Risquez, fue estimado parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el mismo contra el Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias de fecha 14 de octubre de 2021, que desestima el recurso de alzada interpuesto contra Acuerdo de 14 de mayo de 2021 del Tribunal Calificador del proceso selectivo referenciado, por el que se hacía pública la relación de aspirantes que habían superado el segundo ejercicio (pruebas psicotécnicas), en la que no se hallaba incluido el aspirante.

 

El fallo de la referida sentencia del JCA n.º 8 dispone:

 

«1.º- ESTIMO EN PARTE el recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación y dirección letrada de don Daniel Manso Risquez, contra Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid de fecha 14 de octubre de 2021, que desestima el recurso de Alzada interpuesto contra Acuerdo de la Dirección General de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, de fecha 18 de mayo de 2021, por el que se hace pública la relación de aspirantes "aptos" derivada del Acuerdo del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas convocadas para proveer 300 plazas de la categoría de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid -convocatoria 2021- relativo al resultado del segundo ejercicio -pruebas psicotécnicas-, en cuanto no incluye al recurrente en el "ANEXO I LISTADO APROBADOS SEGUNDO EJERCICIO TURNO LIBRE", Resoluciones que anulo en cuanto afectan al recurrente, declarando el derecho de don Daniel Manso Risquez a realizar una nueva prueba psicotécnica con las garantías establecidas en la Sentencia parcialmente transcrita, desestimando el resto de las pretensiones deducidas en el suplico de la demanda».

 

Por otra parte, D.ª Miriam Estepa de Castro solicitó el reconocimiento y aplicación de los efectos de la sentencia n.º 307/2024, de 13 de junio, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso de apelación 87/2023, interpuesto por el Ayuntamiento de Madrid, contra la sentencia de fecha 13 de octubre de 2022, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Madrid, en el Procedimiento Abreviado núm. 535/2021, por la que vino a estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por un opositor del proceso selectivo anteriormente referenciado contra el Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias de fecha 20 de septiembre de 2021, desestimatorio del recurso de alzada interpuesto contra el antedicho Acuerdo de 14 de mayo de 2021 del Tribunal Calificador del proceso selectivo para la provisión de 300 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, por el que aprobó la relación de aspirantes calificados como APTOS en el segundo ejercicio de la fase de oposición del proceso selectivo (pruebas psicotécnicas).

 

El fallo de la citada sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid revoca el fallo judicial del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Madrid, en los siguientes términos:

 

«Que debemos ESTIMAR y ESTIMAMOS parcialmente el recurso de apelación interpuesto por el EXCMO AYUNTAMIENTO DE MADRID, representado por Letrada Consistorial, contra la Sentencia dictada el 13 de octubre de 2022 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Madrid, revocando la resolución apelada en cuanto a los efectos del pronunciamiento anulatorio que en la misma se contiene, que se limita al reconocimiento del derecho del recurrente a volver a realizar la prueba psicotécnica del proceso selectivo de autos, dándole a conocer, con carácter previo a su realización, el sistema de baremación y corrección de dicha prueba, motivando su decisión, si la misma culmina con la declaración de no apto del recurrente, y sin que ello afecte a los aspirantes ya aprobados actuantes de buena fe».

 

Mediante auto n.º 63/2025 de 17 de marzo, dictado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.º 1, se estimó parcialmente la solicitud de extensión de efectos formulada por D.ª Miriam Estepa de Castro, en los siguientes términos:

 

«PRIMERO.- ESTIMAR parcialmente LA SOLICITUD DE EXTENSIÓN DE EFECTOS formulada por DÑA. MIRIAM ESTEPA DE CASTRO, representado y dirigido por Letrado D. LUIS ALFONSO ZARZA REYNOSO, de la Sentencia 307/2024 dictada por el TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID, Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección segunda, en el recurso de apelación 87/2023, recaída en el procedimiento abreviado 535/2021, reconociendo del derecho del recurrente a volver a realizar la prueba psicotécnica del proceso selectivo de autos, dándole a conocer, con carácter previo a su realización, el sistema de baremación y corrección de dicha prueba, motivando su decisión, si la misma culmina con la declaración de no apto del recurrente, y sin que ello afecte a los aspirantes ya aprobados actuantes de buena fe».

 

Al objeto de ejecutar las sentencias referidas anteriormente y previa realización de las pruebas psicotécnicas conforme a lo indicado en sus respectivos fallos, el Tribunal Calificador, mediante Anuncio de 4 de febrero de 2026 hizo público el Acuerdo de 2 de febrero de 2026 por el que declaraba aptos en el segundo ejercicio a los dos aspirantes anteriormente señalados, tras haber superado los test de aptitudes y personalidad que conforman dicho ejercicio.

 

Una vez realizadas y superadas las restantes pruebas de la fase de oposición, así como la fase de concurso, de conformidad con lo establecido en la base décima de las generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Resolución de 9 de julio de 2020 del Director General de Planificación de Recursos Humanos, y con la base 6 de las específicas del proceso selectivo, aprobabas por Decreto de 18 de diciembre de 2019, de la Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias, el Tribunal Calificador, mediante Anuncio de 12 de agosto de 2026, hizo púbica la puntuación obtenida por los aspirantes anteriormente referidos, en las fases de oposición y concurso, con indicación de las notas parciales de todas y cada una de las pruebas que componen la fase de oposición, atendiendo a la ponderación establecida en la base 5.3. de las específicas, a cuyo tenor:

 

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