BOAM nº 7766 (18/10/2016)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
2188
Acuerdo de 13 de octubre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se delega en la Gerencia de la Ciudad la autorización de excepciones a la elaboración del análisis de viabilidad.El artículo 17.1 b) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, la competencia para adoptar planes, programas y directrices vinculantes para todos los órganos ejecutivos, organismos y empresas del Ayuntamiento de Madrid.
Mediante Acuerdo de 25 de febrero de 2016 la Junta de Gobierno aprobó las directrices para la elaboración del Análisis de Viabilidad, que tienen como objetivo incorporar, como documento preceptivo, un modelo normalizado de memoria justificativa en relación con determinados acuerdos, decretos y resoluciones adoptados por la Junta de Gobierno, el Alcalde y los órganos superiores y directivos del Ayuntamiento de Madrid.
La necesidad de elaborar unas directrices de este tipo se puso de manifiesto en el seno del Comité de Mejora de la Regulación Municipal, creado por Decreto de la Alcaldesa de 27 de noviembre de 2015. En la reunión del Comité de 16 de febrero de 2016 se aprobó el contenido del Análisis de Viabilidad que fue elevado para su aprobación a la Junta de Gobierno.
La Directriz 2.2, relativa al ámbito de aplicación, establece los supuestos en los que se podrá excepcionar la elaboración del Análisis de Viabilidad, permitiéndolo en casos de urgencia si concurre alguna de las siguientes razones:
- La necesidad de cumplir un plazo establecido legal o reglamentariamente para la adopción del acuerdo, decreto o resolución.
- La existencia de circunstancias extraordinarias que no hubieran podido preverse con anterioridad y que exijan la aprobación o firma inmediata del acuerdo, decreto o resolución.
Asimismo, se establece que corresponderá a la Junta de Gobierno acordar la excepción, si bien se contempla que tal facultad pueda ser delegada.
Los motivos que permiten excepcionar la elaboración del Análisis de Viabilidad se basan en razones de urgencia. Esta urgencia en la tramitación del acuerdo, decreto o resolución de que se trate aconseja el establecimiento de un sistema ágil para la autorización de la excepción. En consecuencia, se considera adecuado que dicha facultad sea delegada en la Gerencia de la Ciudad, haciendo uso de la posibilidad que ofrece el Acuerdo mencionado.
En su virtud y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, a propuesta de la Gerente de la Ciudad, que eleva la Secretaría de la Junta de Gobierno y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 13 de octubre de 2016,
ACUERDA
PRIMERO.- Delegar en la Gerencia de la Ciudad la facultad de excepcionar por razones de urgencia la elaboración del Análisis de Viabilidad en los supuestos establecidos en la Directriz 2.2 del Anexo I del Acuerdo de 25 de febrero de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueban las directrices para la elaboración del análisis de viabilidad de acuerdos, decretos y resoluciones.
SEGUNDO.- Este acuerdo surtirá efectos desde el día de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
Madrid, a 13 de octubre de 2016.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, Pilar Aguilar Almansa.