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BOAM nº 9132 (06/05/2022)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo

1357

Resolución de 3 de mayo de 2022 del Director General de Innovación y Emprendimiento por la que se amplían las condiciones especiales establecidas en la Resolución de 29 de julio de 2021, por la que se otorga la condición de colaborador de La Nave a la empresa Spain Startup and Investors Servicies, S.L.

 

En virtud de las atribuciones que tengo conferidas por Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, a propuesta de la Subdirección General de Innovación,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Aceptar la solicitud presentada por la mercantil Spain Startup and Investors Servicies, S.L., con número de anotación 20220438708, para incluir en el marco de la resolución de colaborar de La Nave la actividad descrita.

 

SEGUNDO.- Modificar la Resolución del Director General de Innovación y Emprendimiento, de 29 de julio de 2021, por la que se otorga la condición de colaborador de La Nave a la empresa Spain Startup and Investors Servicies, S.L., con CIF B86685294 (BOAM número 8.945, de 4 de agosto de 2021), en los siguientes términos:

 

1. Incluir, como condición especial por parte del Ayuntamiento la cesión de los espacios para la colocación temporal, durante la celebración del evento, de elementos corpóreos con la imagen gráfica del South Summit en diferentes puntos de la ciudad de Madrid. Los puntos de colocación y las características técnicas de los corpóreos serán los que establezcan los distritos en cada caso. Será Spain Startup and Investors Services, S.L., quien se encargará de la producción de estos elementos publicitarios, no repercutiendo ningún gasto para el Ayuntamiento.

 

2. Ampliar los requisitos que la mercantil está obligada a cumplir en tanto estén ocupando los espacios los corpóreos. En concreto, estará obligada a tener la autorización previa de la autoridad municipal competente para la instalación de cada uno de los corpóreos en el emplazamiento elegido.

 

Finalizado el evento, la empresa será responsable de que el espacio en el que se haya instalado cada uno de los corpóreos esté en condiciones normales de uso, y el Ayuntamiento de Madrid lo recibirá libre y vacuo.

 

Publíquese la misma en el sitio web y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

 

II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.

 

III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite otro recurso que estime procedente (artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 3 de mayo de 2022.- El Director General de Innovación y Emprendimiento, Fernando Herrero Acebes.

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