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BOAM nº 7810 (23/12/2016)
Distrito de San Blas-Canillejas

2712

Resolución de 15 de noviembre de 2016 de la Coordinadora del Distrito de San Blas-Canillejas por la que se publica la notificación de resolución de expediente sancionador efectuada a D. Chicho de León Santana, expediente número 117/2015/03387.

Intentada sin efecto la notificación al interesado, y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se procede a la notificación y edicto, por medio del presente anuncio, de la notificación de la resolución de expediente sancionador, número 117/2015/03387, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Gestión del Distrito de San Blas-Canillejas, avenida de Arcentales, 28.

 

Denunciado: Chicho de León Santana.

Lugar de los hechos: Calle Ebanistería, 19.

Hechos denunciados: Instalación de terraza de veladores sin que tenga la preceptiva autorización municipal.

Norma infringida: 43.3.a) de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid con fecha 30 de julio de 2013.

Calificación y artículo de la sanción: Falta muy grave, artículo 43.3.a)

Sanción prevista: Artículo. 44.1.c). Falta muy grave: 1.650 euros.

Fecha de la denuncia: 16 de agosto de 2015, a las 22:54 horas.

 

El/La Coordinador/a de este Distrito, en ejercicio de las competencias delegadas por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, mediante Acuerdo de 29 de octubre de 2015, ha adoptado la siguiente Resolución de fecha 11 de julio de 2016:

 

"Imponer a D. Chicho de León Santana la sanción de 1.650 euros como autor/a de infracción prevista en el artículo 43.3.a) de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid con fecha 30 de julio de 2013, por tener la instalación de terraza de veladores sin la preceptiva autorización municipal en calle Ebanistería, 19, según acta de inspección de terraza de veladores de la Policía Municipal el 16 de agosto de 2015, a las 22:54. Tales hechos están calificados como falta muy grave, artículo 43.3.a) de la citada ordenanza; toda vez que:

 

1.º- Transcurrido el plazo concedido para presentar alegaciones, éstas no han sido presentadas.

 

2.º- Todo ello de conformidad con los artículos de la citada norma y el Decreto 245/2000 de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid".

 

Madrid, a 15 de noviembre de 2016.- La Coordinadora del Distrito de San Blas-Canillejas, Delia Berbel Aguilera.

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