BOAM nº 7177 (30/05/2014)
Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública
1020
Resolución de 13 de mayo del 2014 del Director General de Comercio y Desarrollo Económico “Madrid Emprende” por la que se rectifica la Resolución de 22 de abril de 2014, por la que se aprueba la convocatoria para la admisión a los servicios de apoyo al emprendimiento desarrollados en el “Vaguada Smart Lab”.Habiéndose detectado errores materiales en Resolución de 22 de abril de 2014 del Director General de Comercio y Desarrollo Económico "Madrid Emprende" por la que se aprueba la convocatoria para la admisión a los servicios de apoyo al emprendimiento desarrollados en el "Vaguada Smart Lab", publicada en el BOAM de 8 de mayo de 2014 y en virtud de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
RESUELVO
Rectificar la mencionada Resolución en el sentido siguiente:
En el título, texto y anexos de la Resolución, donde dice: "Vaguada Smart Lab".
Debe decir: "Smart Lab".
En el ANEXO I, artículo PRIMERO, donde dice: Las presentes bases tienen por objeto establecer los criterios de admisión como usuario de los servicios los servicios de apoyo al emprendimiento que se desarrollan en el "Vaguada Smart Lab".
Debe decir: Las presentes bases tienen por objeto establecer los criterios de admisión como usuario de los servicios de apoyo al emprendimiento que se desarrollan en el "Smart Lab".
En el ANEXO I, artículo PRIMERO, donde dice: El servicio de espacios compartidos de negocio consiste en la utilización de infraestructuras del "Vaguada Smart Lab" por parte de emprendedores que hayan iniciado su actividad en un plazo inferior a dos años desde la fecha de solicitud.
Debe decir: El servicio de espacios compartidos de negocio consiste en la utilización de infraestructuras del "Smart Lab" por parte de emprendedores que hayan iniciado su actividad en un plazo inferior a cinco años desde la fecha de solicitud.
En el ANEXO I, artículo TERCERO, punto 3, donde dice: Siempre que la disponibilidad del servicio lo permita lo permita, podrán ser admitidos como usuarios los trabajadores contratados para el desarrollo de los proyectos de promotores admitidos en "Vaguada Smart Lab".
Debe decir: Siempre que la disponibilidad del servicio lo permita, podrán ser admitidos como usuarios los trabajadores contratados para el desarrollo de los proyectos de promotores admitidos en "Smart Lab".
En el ANEXO I, artículo CUARTO, punto 2 donde dice "Siempre que la disponibilidad del servicio lo permita lo permita, podrán ser admitidos los trabajadores contratados para el desarrollo de los proyectos de promotores admitidos en "Vaguada Smart Lab".
Debe decir "Siempre que la disponibilidad del servicio lo permita, podrán ser admitidos los trabajadores contratados para el desarrollo de los proyectos de promotores admitidos en "Smart Lab".
En el ANEXO I, artículo OCTAVO, donde dice: La "Comisión Técnica del Vaguada Smart Lab" (en adelante, CTVSL) evaluará los proyectos y calificará como aptos aquellos que no incurran en causa de exclusión.
Debe decir: La "Comisión Técnica del Smart Lab" (en adelante, CTSL) evaluará los proyectos y calificará como aptos aquellos que no incurran en causa de exclusión.
En el ANEXO I, artículo OCTAVO, párrafos segundo, tercero y quinto, donde dice: La CTVSL.
Debe decir: La CTSL.
En el ANEXO I, artículos NOVENO Y UNDÉCIMO, donde dice: la CTVSL.
Debe decir: la CTSL.
Madrid, a 13 de mayo de 2014.- El Director General de Comercio y Desarrollo Económico "Madrid Emprende", José Ignacio Ortega Cachón.