Saltar navegación

BOAM nº 10152 (22/06/2026)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

2384

Decreto de 17 de junio de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte por el que se aprueba la concesión definitiva de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas destinadas a salas de pequeño formato de actividad escénica, salas de música en directo y espacios independientes de artes visuales y creación artística contemporánea 2026/2027.

Aprobada por la Titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas destinadas a salas de pequeño formato de actividad escénica, salas de música en directo y espacios independientes de artes visuales y creación artística contemporánea 2026/2027 fue publicada de forma simultánea, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica municipal (https://sede.madrid.es) el 15 de octubre de 2025.

 

Una vez cumplimentados todos los trámites del procedimiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y de los artículos 14, 18 y 19 de la convocatoria y emitido informe de control de conformidad por la Intervención Delegada en Coordinación de Alcaldía, Vicealcaldía, Cultura, Turismo y Deporte, y en virtud del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de junio de 2023 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar la concesión definitiva la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas destinadas a salas de pequeño formato de actividad escénica, salas de música en directo y espacios independientes de artes visuales y creación artística contemporánea 2026/2027, por un importe total de 4.872.402,48 euros, a los beneficiarios y por los importes que figuran en el Anexo I.

 

SEGUNDO.- Desestimar las solicitudes de las entidades y por los motivos que se indican en el Anexo II.

 

TERCERO.- Declarar desistidas las solicitudes de las entidades y por los motivos que se indican en el Anexo III.

 

CUARTO.- Publicar el presente decreto en el Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es) en cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 de la convocatoria, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

QUINTO.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse:

 

I.- Recurso de reposición potestativo previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses, en ambos casos, a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la presente resolución. Artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.

 

II.- Todo ello, sin perjuicio de que el interesado interponga cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 17 de junio de 2026.- La Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, Marta Rivera de la Cruz.

Subir Bajar