BOAM nº 10056 (02/02/2026)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
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Acuerdo de 29 de enero de 2026 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se deja sin efectos el Acuerdo de 28 de julio de 2022, por el que se avocan las competencias para la ejecución de obras de mejora urbana y de mejora de la accesibilidad en el barrio de Fuente del Berro, y se delegan en el Concejal Presidente del Distrito de Salamanca.Mediante Acuerdo de 28 de julio de 2022 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se avocaron las competencias para la ejecución de obras de mejora urbana y de mejora de la accesibilidad en el barrio de Fuente del Berro, y se delegaron en el Concejal Presidente del Distrito de Salamanca.
El presente acuerdo tiene por objeto dejar sin efecto el anterior, de forma que las competencias vuelvan a recaer en las direcciones generales que las tienen atribuidas con carácter ordinario.
Las competencias avocadas y posteriormente delegadas por la Junta de Gobierno que se deben dejar sin efecto para que sean ejercidas por los órganos respectivos son las siguientes:
a) Competencias de la Dirección General de Conservación de Vías Públicas previstas en el apartado 8.º 1.2.c) y 1.4 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos:
Por una parte, renovar, reparar y conservar el alumbrado público exterior, el de monumentos, el Centro de Control de Tele gestión y otras instalaciones eléctricas municipales, así como controlar y supervisar el consumo de energía del mismo, excepto el de las infraestructuras de carácter supramunicipal y las integradas en los grandes parques.
Por otra parte, redactar, planificar y ejecutar los proyectos de adecuación y reforma de las vías públicas, y obras de paso, así como la ejecución de obras de remodelación y urbanización de vías y espacios públicos, en coordinación con los distritos.
b) Competencias de la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes previstas en el apartado 19.º 1.4.a) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad: proteger y conservar, mejorar y restaurar los espacios que figuran en la relación de Zonas Verdes y Espacios Ajardinados de Conservación Municipal, así como el arbolado de alineación, el arbolado viario y la jardinería y plantaciones de las redes supramunicipales que hayan sido cedidas al Ayuntamiento de Madrid, todo ello sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos y a la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos.
c) Competencias de la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos previstas en el apartado 20.º 1.2.c) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad: adquirir e instalar el mobiliario urbano y equipamientos en colaboración con la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras y el Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, excepto la adquisición e instalación de elementos de señalización de polígonos industriales MU-215 y MU-216, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, existen razones de índole técnica y económica que aconsejan dejar sin efecto el Acuerdo de 28 de julio de 2022 de la Junta de Gobierno por el que se avocan las competencias para la ejecución de obras de mejora urbana y de mejora de la accesibilidad en el barrio de Fuente del Berro, y se delegan en el Concejal Presidente del Distrito de Salamanca.
Dichas razones se derivan de la necesidad de acometer en los próximos años obras de mejora de la accesibilidad en la Colonia Fuente del Berro-Fomento Iturbe y en el entorno del Parque Quinta del Berro por parte de la Dirección General de Conservación de Vías Públicas, considerándose necesario que las obras sean llevadas a cabo por el mismo órgano, a efectos de que el resultado de la actuación sea homogéneo, además de conseguir una reducción de la afección a los vecinos de la zona. De esta manera, además, se consigue evitar duplicidades en la actuación a realizar consiguiendo una mayor eficiencia en la utilización de los recursos públicos.
En consecuencia, y por aplicación directa de los citados Acuerdos de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno, las competencias anteriormente transcritas vuelven a corresponder, respectivamente, a la Dirección General de Conservación de Vías Públicas, Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes y Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos, para el supuesto concreto de preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar los contratos relativos a la realización de las obras para mejorar la vía pública y la accesibilidad en el barrio de Fuente del Berro, del Distrito de Salamanca.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta del titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad y de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 29 de enero de 2026,
ACUERDA
PRIMERO.- Dejar sin efecto el Acuerdo de 28 de julio de 2022 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se avocan las competencias para la ejecución de obras de mejora urbana y de mejora de la accesibilidad en el barrio de Fuente del Berro, y se delegan en el Concejal Presidente del Distrito de Salamanca.
SEGUNDO.- Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.
TERCERO.- Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.
CUARTO.- Se faculta al titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias a dictar los decretos que sean necesarios para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.
QUINTO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
SEXTO.- Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.
Madrid, a 29 de enero de 2026.- La Directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.