BOAM nº 10182 (03/08/2026)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
3045
Resolución de 30 de julio de 2026 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se dispone la publicación de la relación de aspirantes que deben presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos exigidos en el proceso selectivo convocado para proveer, mediante promoción interna independiente, 5 plazas de la categoría de Técnico/a de Movilidad de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Madrid.Por Resolución de 13 de febrero de 2025 (publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 9.820, de 17 de febrero de 2025), fueron convocadas pruebas selectivas para proveer, mediante promoción interna independiente, 5 plazas de la categoría de Técnico/a de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid. Dicho proceso selectivo consta de fase de oposición, fase de concurso y fase de curso selectivo.
Finalizadas las fases de oposición y de concurso, el Tribunal calificador ha publicado la relación con los 5 aspirantes que las han superado, con indicación de la puntuación total alcanzada por los mismos.
De conformidad con el apartado séptimo de las bases específicas por las que se regirá el proceso selectivo para proveer plazas de Técnico/a de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, aprobadas mediante Resolución de 30 de octubre de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 9.752, de 5 de noviembre de 2024) los aspirantes que hubieran superado el concurso-oposición, serán nombrados/as Técnico/a de Movilidad en prácticas y pasarán a realizar un curso selectivo de formación.
Con el objeto de ser nombrados funcionarios en prácticas, a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución, se iniciará el plazo para que los aspirantes puedan presentar los documentos acreditativos del cumplimiento de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria previstos en el apartado 7 de las bases específicas que rigen la convocatoria.
Corresponde al titular de la Dirección General de Planificación de Recursos Humanos la competencia para convocar, aprobar las bases y resolver las convocatorias de selección de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 14.º 1.2.b) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda (publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 172, de 21 de julio de 2023).
En su virtud,
RESUELVO
PRIMERO.- Por el órgano competente se procederá a la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la relación de los 5 aspirantes, incorporada como anexo a la presente resolución que, de conformidad con la propuesta formulada por el Tribunal calificador, han superado las fases de oposición y concurso relativas al proceso selectivo convocado por Resolución de 13 de febrero de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 9.820, de 17 de febrero de 2025), para proveer, mediante promoción interna independiente, 5 plazas de la categoría de Técnico/a de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, con indicación de la puntuación total alcanzada por los mismos.
SEGUNDO.- Al objeto de ser nombrados funcionarios en prácticas en la categoría de Técnico/a de Movilidad, los aspirantes propuestos deberán presentar dentro del plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la lista de aspirantes que han superado las fases de oposición y concurso en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, los documentos que a continuación se relacionan:
- Título de grado o diplomado/a universitario/a, ingeniero/a técnico/a, arquitecto/a técnico/a, expedido con arreglo a la legislación vigente, o certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para su expedición. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación.
- Estar en posesión de los permisos de conducir de las clases A2 y B.
- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
TERCERO.- Los/las aspirantes deberán realizar la aportación de los documentos enumerados en el apartado anterior por el canal electrónico a través del enlace "Documentación y elección de destinos de aprobados/as en procesos selectivos" disponible en "Tramitar en línea" en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid. Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de fuerza mayor debidamente acreditados, no presentaran la documentación a través del mismo, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedarán anuladas sus actuaciones.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso de reposición potestativo previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses, en ambos casos, a partir del día siguiente a la fecha de la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la presente resolución. (Artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.)
II. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado interponga cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).
Madrid, a 30 de julio de 2026.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.