BOAM nº 8000 (27/09/2017)
Informática del Ayuntamiento de Madrid
2062
Resolución de 26 de septiembre de 2017 del Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid por la que se rectifica el error material advertido en la Resolución de 20 de septiembre de 2017 por la que se convoca Concurso General de Méritos FG-IAM 3-2017, para la provisión de un puesto de trabajo.Advertido error material en el Anexo I de la Resolución de 20 de septiembre de 2017 del Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, por el que se se convoca Concurso General de Méritos FG-IAM 3-2017, para la provisión de un puesto de trabajo (BOAM 7998 de 25/09/2017), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en uso de la competencias atribuidas en el artículo 15 de los Estatutos del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid,
RESUELVO
PRIMERO. Rectificar el error material advertido en el Anexo I, de la Resolución de 20 de septiembre de 2017 del Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, por la que se se convoca Concurso General de Méritos FG-IAM 3-2017, para la provisión de un puesto de trabajo, en el siguiente sentido:
En la columna correspondiente a "Cuerpo/Escala" donde dice: "AGAE", debe decir: "AG".
La presente resolución tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
SEGUNDO. Abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes de quince días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, manteniéndose la validez de las instancias presentadas y que, durante este nuevo plazo, no se vean modificadas. No obstante, por tratarse de la misma convocatoria y con el objeto de no lesionar derechos de ningún participante, la valoración de los méritos de las solicitudes presentadas en este nuevo plazo irán referidos al 17 de octubre de 2017, fecha en que finalizará el plazo inicial de presentación de solicitudes de la convocatoria.
TERCERO. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante, LPAC).
II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o en los de Madrid, a elección de aquel, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 40.2 de la LPAC).
Madrid, a 26 de septiembre de 2017.- El Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, Fernando Pérez Sánchez.