BOAM nº 8041 (28/11/2017)
Gerencia de la Ciudad
2547
Resolución de 24 de noviembre de 2017 de la Secretaria General Técnica de la Gerencia de la Ciudad por la que se ordena la publicación de la propuesta de resolución definitiva de la convocatoria pública de subvenciones para para Proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para el ejercicio 2017.En uso de las facultades reconocidas en el punto 4º apartado 11.5 del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de la Gerencia de la Ciudad se ordena la publicación de la propuesta de resolución definitiva de la convocatoria pública de subvenciones para Proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para el ejercicio 2017, aprobada por Resolución de 30 de junio del Coordinador General de la Alcaldía, que ha sido formulada por el órgano instructor con el siguiente contenido:
Con fecha de 10 de julio de 2017, fue publicada en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid la Convocatoria Pública de Subvenciones para Proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para el ejercicio 2017, aprobada por Resolución de 30 de junio de 2017, del Coordinador General de la Alcaldía.
En dicha convocatoria se han presentado solicitudes de subvenciones para 91 proyectos.
Con fecha 31 de octubre de 2017, la Comisión de Valoración, conforme al artículo 13 de la convocatoria, elaboró el informe en el que se concretaba el resultado de la valoración efectuada sobre los proyectos presentados, y que han sido evaluados de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el artículo 6 de la misma.
A la vista del citado informe, con fecha 31 de octubre de 2017, el órgano instructor formuló Propuesta de Resolución Provisional.
Dicha resolución con sus anexos, se ha publicado en la página web del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es, asimismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es con fecha 7 de noviembre de 2017 para que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la convocatoria, los interesados pudieran formular alegaciones, en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de la publicación.
Durante el citado plazo, por la Fundación Vicente Ferrer se ha formulado alegación solicitando se corrija un error que entiende se ha producido en el importe de 128.442,47 euros de la subvención que se propone conceder al proyecto presentado y que ha sido el mejor valorado en la convocatoria con 90 puntos según figura en el Anexo I de la propuesta, pues la subvención solicitada asciende a 350.000 euros.
Reunida la Comisión de Valoración con fecha 13 de noviembre de 2017 con el fin de analizar la alegación presentada, y comprobada en efecto la existencia de dicho error material, por este Órgano Instructor se da conformidad en la misma fecha al informe emitido por la Comisión de Valoración, en el sentido de aceptar la alegación presentada y rectificar el error de hecho padecido en el importe de la ayuda que se propone conceder a la Fundación VICENTE FERRER, que figura en el Anexo I de la propuesta de resolución provisional de la convocatoria pública de subvenciones para Proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para el ejercicio 2017, y en su virtud, proponer la concesión a la citada entidad de una subvención por importe de 350.000 euros, y rectificar el importe de las ayudas que se propone conceder a las Entidades ASOC. PAZ CON DIGNIDAD, ONGAWA, MANOS UNIDAS, y AIDA, que figuran en los números 15, 16, 17 y 18, respectivamente, de la orden de prelación de las subvenciones a conceder, minorando el importe de la subvención propuesta provisionalmente para cada una de ellas con el resultado de prorratear entre éstas últimas cuatro Entidades, la cantidad de 221.557,53 euros con la que debe incrementarse la ayuda a conceder a la primera para alcanzar los 350.000 euros de la ayuda por aquella solicitada, y que ha supuesto el minorar en el mismo importe el remanente de crédito disponible en la convocatoria para atender las últimas solicitudes que podrían tener derecho a subvención.
En consecuencia, y conforme a lo señalado en el artículo 16 de la convocatoria, con fecha 15 de noviembre se ha notificado a dichas entidades una nueva propuesta de concesión de subvención a fin de que pudieran en su caso reformularse las solicitudes iniciales presentadas, para los proyectos y por los importes que figuran en el Anexo I de la propuesta de resolución definitiva, y que sustituyen a los importes señalados en la propuesta de resolución provisional que les fue notificada mediante su publicación en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid de fecha 7 de noviembre de 2017.
Todas las entidades propuestas para la concesión de subvención han aceptado la subvención propuesta de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la convocatoria.
De acuerdo con el artículo 39.4 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada el 30 de octubre de 2013, todas las entidades propuestas para la concesión de subvención, en base a la información que obra en el expediente, cumplen con los requisitos establecidos en el art 4 de la convocatoria pública de subvenciones 2017 aprobada por Resolución de 30 de junio de 2017 del Coordinador General de la Alcaldía, necesarios para acceder a la citada subvención.
Esta propuesta de resolución definitiva no genera derecho alguno a favor de los beneficiarios propuestos.
Por todo esto, y de conformidad con lo estipulado en el artículo 17 de la convocatoria pública de subvenciones para Proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para el ejercicio 2017, se procede a elevar al Coordinador General de la Alcaldía, a quien corresponde la competencia en virtud del artículo 1.9 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015 por el que se establece la organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía, la siguiente:
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA
"Primero: Rectificar el error de hecho advertido en el importe de la ayuda que se le propone conceder a la Fundación VICENTE FERRER y que figura en el Anexo I de la propuesta de resolución provisional de la convocatoria pública de subvenciones para Proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para el ejercicio 2017, aprobada por Resolución de 30 de junio del Coordinador General de la Alcaldía, y en su virtud proponer la concesión a la citada entidad de una subvención por importe de 350.000 euros.
Segundo: En consecuencia, rectificar el importe de las ayudas que se propone conceder a las entidades ASOC. PAZ CON DIGNIDAD, ONGAWA, MANOS UNIDAS, y AIDA, que figuran en los números 15, 16, 17 y 18, respectivamente, de la orden de prelación de las subvenciones a conceder, minorando el importe de la subvención propuesta provisionalmente para cada una de ellas con el resultado de prorratear entre éstas últimas cuatro Entidades, la cantidad de 221.557,53 euros con la que debe incrementarse la ayuda a conceder a la entidad señalada en el punto anterior para alcanzar los 350.000 euros de la ayuda por aquella solicitada, y que ha supuesto el minorar en el mismo importe el remanente de crédito disponible en la convocatoria para atender las últimas solicitudes que podrían tener derecho a subvención.