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BOAM nº 9091 (07/03/2022)
Ayuntamiento Pleno

593

Resolución de 3 de marzo de 2022 de la Presidencia del Pleno del Ayuntamiento de Madrid en relación con la creación de una Comisión no Permanente de Investigación, en cumplimiento de los acuerdos plenarios adoptados por el Pleno en la sesión ordinaria de 22 de febrero de 2022.

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE DERECHO

 

[1] El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria (2/2022) celebrada con fecha 22 de febrero de 2022, como consecuencia de la moción de urgencia 2022/8000303, presentada por el Grupo Mixto, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo [punto núm. 45 del orden del día]:

 

"A la luz de las últimas informaciones reveladas por la prensa, se aprueba la creación de una Comisión de Investigación para esclarecer la posible contratación a través de la EMVS o de la EMT, en el año 2021, de detectives o investigadores privados para asuntos particulares del Partido Popular".

 

[2] En la misma sesión plenaria, ya citada, derivada de la moción de urgencia 2022/8000304, presentada por el Grupo Municipal Más Madrid [punto núm. 46 del orden del día], se adoptó, entre otros, un acuerdo del que se reproduce a continuación su punto 3, a los efectos interesados en la presente resolución:

 

"…

3. Que se cree una comisión de investigación en la que participen todos los grupos municipales para esclarecer todos los hechos vinculados a la implicación del Ayuntamiento de Madrid en la investigación del entorno familiar de la Presidenta de la Comunidad de Madrid

…".

 

[3] Parece clara la existencia de unos objetivos o propósitos similares, si no idénticos, de ambas Comisiones, por lo que se considera que queda cumplido debidamente el mandato plenario con la constitución de una única Comisión, que abarque los fines señalados en dichos acuerdos, con criterios de eficacia y economía de medios.

 

[4] De conformidad con lo previsto en el artículo 138.1 del Reglamento Orgánico del Pleno, que regula la creación de las Comisiones no Permanentes, éstas "se regirán por su acuerdo de constitución y, supletoriamente, por las normas reguladoras de las Comisiones permanentes".

 

[5] Toda vez que los indicados acuerdos no contemplan normas referidas a los aspectos básicos sobre el funcionamiento de la Comisión no Permanente, por la presente resolución se fijan las reglas elementales que posibilitarán su constitución, al amparo de las previsiones contenidas en el Reglamento Orgánico del Pleno para las Comisiones ordinarias, y adaptándose al formato de las restantes Comisiones -ordinarias y especiales- del Pleno.

 

De conformidad con lo anteriormente expuesto, en uso de las facultades otorgadas por el Alcalde, en su decreto de 11 de julio de 2019, oído el parecer de los Portavoces Municipales, reunidos en sesión de Junta de Portavoces de fecha 3 de marzo de 2022,

 

RESUELVO

 

"PRIMERO.- La Comisión no Permanente de Investigación que se crea en ejecución de los acuerdos adoptados en la sesión ordinaria celebrada por el Pleno el pasado 22 de febrero a que se refieren los antecedentes, desarrollará sus trabajos en sesiones públicas, tendrá por objeto el análisis e investigación de los hechos expuestos en los acuerdos a que se refieren los antecedentes Primero y Segundo de esta Resolución, y estará integrada por quince (15) miembros, designados por los grupos políticos, distribuidos de la siguiente manera:

 

• Cuatro (4) concejales del Grupo Municipal Más Madrid.

• Cuatro (4) concejales del Grupo Municipal del Partido Popular.

• Tres (3) concejales del Grupo Municipal Ciudadanos- Partido de la Ciudadanía.

• Dos (2) concejales del Grupo Municipal Socialista de Madrid.

• Un (1) concejal del Grupo Municipal Vox.

• Un (1) concejal del Grupo Mixto.

 

SEGUNDO.- Para el funcionamiento de la Comisión serán de aplicación las reglas contenidas en la presente resolución, así como las disposiciones del Reglamento Orgánico del Pleno referidas a las Comisiones Permanentes Ordinarias.

 

En la primera sesión que se celebre, la Comisión elegirá de entre sus miembros a un Presidente, un Vicepresidente Primero y un Vicepresidente Segundo.

 

TERCERO.- Los Grupos Municipales integrantes de la Comisión podrán recabar, por conducto de la Presidencia de la Comisión, la información y documentación que precisen para el desarrollo de sus trabajos.

 

El Registro del Pleno del Ayuntamiento será el único competente para entrada y salida de la documentación relativa a la Comisión.

 

Para el correcto desempeño de las tareas de la Comisión, se contará con la colaboración de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid, así como de los Servicios Técnicos Municipales que puedan precisarse, por conducto de la Presidencia de la Comisión.

 

CUARTO.- Los acuerdos de la Comisión se adoptarán por mayoría simple de los miembros presentes.

 

QUINTO.- La Comisión tendrá una duración máxima de dos meses, pudiendo acordar la Presidencia de la Comisión la prórroga de dicho plazo, hasta un mes más, en atención a las circunstancias que se produzcan.

 

SEXTO.- Los trabajos de esta Comisión no Permanente concluirán con la elaboración de un dictamen. Para la redacción del dictamen, la Comisión designará a un ponente entre sus miembros, de resultar ello necesario.

 

Asimismo, los miembros de la Comisión disconformes con el dictamen podrán redactar sus conclusiones y recomendaciones, en forma de votos particulares.

 

El dictamen y, si los hubiere, los votos particulares, serán sometidos a debate y votación por el Pleno.

 

SÉPTIMO.- La sede ordinaria de la Comisión será el Salón de Usos Múltiples del Edificio de Grupos Políticos del Ayuntamiento de Madrid, situado en calle Mayor, número 71, planta baja.

 

OCTAVO.- A los efectos de proceder al nombramiento de los miembros titulares y, en su caso, suplentes de esta Comisión de Investigación, con arreglo a la distribución establecida, por la presente resolución se interesa de los portavoces de los Grupos Políticos la propuesta de designación de los miembros referidos a cada uno de ellos, incluidos Portavoz y, en su caso, Portavoz Adjunto, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, mediante la presentación del oportuno escrito en el Registro del Pleno, antes de las 12:00 horas del día 4 de marzo de 2022.

 

Recibidas las propuestas de designación, esta Presidencia procederá, acto seguido, al nombramiento y a la convocatoria de la sesión constitutiva de la Comisión, a cuyo efecto se convocará previamente a la Junta de Portavoces.

 

NOVENO.- Practíquense las correspondientes notificaciones. La presente resolución, no obstante, surtirá efectos desde el mismo momento de su firma, sin perjuicio, en su caso, de su publicación oficial".

 

Madrid, a 3 de marzo de 2022.- El Presidente del Pleno, Francisco de Borja Fanjul Fernández-Pita.

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