BOAM nº 5897 (27/02/2009)
Distrito de Moratalaz
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Resolución de 23 de febrero de 2009 del Gerente del Distrito de Moratalaz por la que se impone una sanción a Hostelería Pirámides, S.L., expediente sancionador de referencia 115/2008/5786.Intentada sin efecto la notificación al interesado y, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se procede a la notificación por medio del presente anuncio.
Denunciado: Hostelería Pirámides, S.L.
Lugar de los hechos: Acceso Parque de la Elipa, s/n, 28030 Madrid.
Hechos denunciados: Incumplimiento de los requisitos, condiciones, obligaciones o prohibiciones de naturaleza sanitaria (sobrepasar el limite de enterobacterias lactosa + microorganismos aeróbicos mesófilos en ensalada de pollo, según acta de inspección de fecha 29 de julio de 2008).
Norma infringida: Artículo 47.1 en relación con el artículo 52.2 de la Ley 11/98, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid.
Calificación y artículo de la sanción: Leve (artículo 53.1 de la citada Ley).
Sanción prevista: Hasta 3.000,00 euros.
Sanción propuesta: 600,00 euros.
Fecha y hora de la denuncia: 29 de julio de 2008, a las once horas.
Contra esta Resolución podrá interponer los siguientes recursos:
1. Recurso potestativo de reposición, ante el Gerente de este Distrito Municipal, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con la siguiente normativa:
- Con carácter general: Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).
- En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición Adicional Quinta LRJPAC, artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local (LRBRL) y artículo 14 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.
2. Directamente, recurso Contencioso-Administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
3. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 de la LRJPAC).
Madrid, a 23 de febrero de 2009.- El Gerente del Distrito de Moratalaz, Ángel Herraiz Lersundi.