BOAM nº 8459 (12/08/2019)
Agencia para el Empleo de Madrid
1641
Resolución de 9 de agosto de 2019 de la Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueba la ampliación del plazo de presentación de solicitudes para la constitución de Bolsa de trabajo con referencia 9/2019 a efectos de su contratación a tiempo cierto “por obra o servicio determinado” en puestos de monitor/a en la Agencia para el Empleo de Madrid.Mediante Resolución de 24 de julio de 2019 de la Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid se aprobó la convocatoria y bases reguladoras para la constitución de la bolsa de trabajo de monitores/as a efectos de su contratación a tiempo cierto "por obra o servicio determinado" en puestos de monitor/a, publicada en el BOAM número 8.449 de fecha 29 de julio de 2019. Para ampliar el plazo establecido para la presentación de instancias, se dicta Resolución de 9 de agosto de 2019 de la Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueba dicha ampliación para la constitución de Bolsa de trabajo con referencia 9/2019 a efectos de su contratación a tiempo cierto "por obra o servicio determinado" en puestos de monitor/a en la Agencia para el Empleo de Madrid.
Corresponde al titular de la Gerencia de la Agencia para el Empleo de Madrid la competencia para convocar, aprobar las bases y resolver las convocatorias de selección de personal laboral, de acuerdo con lo previsto en el artículo 15 de los Estatutos del Organismo Autónomo, aprobados por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 31 de mayo de 2004, y con el Acuerdo de 23 de junio de 2006 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se delega la competencia para la contratación de personal laboral temporal en los Gerentes de los Organismos Públicos.
En consecuencia, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 15 de los mencionados Estatutos y del precitado Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 23 de junio de 2006,
RESUELVO
PRIMERO. La ampliación del plazo de presentación de solicitudes para la constitución de la bolsa de trabajo a efectos de su contratación a tiempo cierto "por obra o servicio determinado" en puestos de monitor/a. en la Agencia para el Empleo de Madrid que se adjuntan como Anexo II para la especialidad:
Formador/ ATENCIÓN AL CLIENTE Y ORGANIZACIÓN DE ACTOS DE PROTOCOLO EN SERVICIOS FUNERARIOS" REF.: 9/2019.
La presente convocatoria se regirá por las bases que se adjuntan como Anexo a esta resolución.
SEGUNDO. El plazo de ampliación de instancias para tomar parte en el presente proceso selectivo será de 5 días hábiles desde el 12 de agosto de 2019.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualesquiera de los recursos que se indican a continuación:
· Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la misma en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.
· Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
En ambos casos, el recurso se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el/la demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel (artículos 8.1 y 14.1.2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Todo ello sin perjuicio de que el interesado/a pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 9 de agosto de 2019.- La Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, Belén García Díaz.