BOAM nº 7672 (02/06/2016)
Distrito de San Blas-Canillejas
1248
Resolución de 30 de mayo de 2016 del Coordinador del Distrito de San Blas-Canillejas por la que se publica la notificación del archivo del expediente, número 117/2007/05648, efectuada a la Comunidad de Propietarios de la calle Cangas de Onís, 32.Intentada sin efecto la notificación al interesado, y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación y edicto, por medio del presente anuncio, del archivo del expediente 117/2007/05648, pudiendo consultar el texto íntegro en la Sección de Disciplina Urbanística y Procedimiento Sancionador del Distrito de San Blas-Canillejas, avenida de Arcentales, 28.
"Ordenar el archivo del expediente número 117/2007/05648, que se tramita por Acta de ITE desfavorable en calle Cangas de Onís , 32, cuya titularidad corresponde a C.P. calle Cangas de Onís, 32, toda vez que ha sido comprobado por los Servicios Técnicos Municipales que se han subsanado las deficiencias detectadas en la Inspección Técnica de Edificios, habiendo desaparecido, por tanto, las causas que motivaron su incoación, de conformidad con lo establecido en la Ley 9/2001 de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid".
Lo que le notifico para su conocimiento y efecto, advirtiéndole que contra la expresada resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponer los recursos que se indican a continuación, sin perjuicio de que el/la interesado/a ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común):
I.- Con carácter general:
- Recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. Transcurrido el plazo de un mes desde la interposición del recurso sin haberse notificado resolución expresa, podrá considerar desestimado el mismo al objeto de interponer, en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquél en que se entienda desestimado el mismo, recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, o esperar a su resolución expresa.
- Directamente, recurso contencioso administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación.
II.- En especial, para actos sobre aplicación de los tributos locales:
- Reclamación económico-administrativa, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, mediante escrito dirigido al órgano que ha dictado el acto objeto de la reclamación, que lo remitirá al Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid para su tramitación y resolución. Transcurrido el plazo de un año, o seis meses en reclamaciones de cuantía inferior a 600 euros, desde la interposición de la reclamación sin haberse notificado resolución expresa, podrá considerar desestimada la misma al objeto de interponer, en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquél en que se entienda desestimada la reclamación económico-administrativa, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo de Madrid, o esperar a su resolución expresa.
- No obstante, podrá, con carácter potestativo, presentar previamente recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. Transcurrido el plazo de un mes desde la interposición del recurso sin haberse notificado resolución expresa, podrá considerar desestimado el mismo al objeto de interponer, en el plazo de un mes desde el día siguiente a aquél en que se entienda desestimado el recurso, reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid, o esperar a su resolución expresa.
Madrid, a 30 de mayo de 2016.- El Coordinador del Distrito de San Blas-Canillejas, José Luis de Pablo Trabalón.