BOAM nº 8261 (19/10/2018)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad
2133
Decreto de 4 de octubre de 2018 de la Delegada del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por el que se aprueba la concesión de la subvención TAXI FREE 2018.En el ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 13º.1.9 del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de Organización y Competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad (BOCM de 10 de noviembre de 2015) en cumplimiento de lo previsto en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013 y en la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y formulada la propuesta de resolución definitiva de la Subdirección General de Regulación de la Circulación y del Servicio del Taxi de 20 de septiembre de 2018 (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 27 de septiembre de 2018),
DISPONGO
PRIMERO.- Aprobar la concesión de la Subvención TAXI FREE 2018 a 1.277 beneficiarios, titulares de licencia, que se relacionan en el Anexo I, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ordenanza de Bases Reguladoras para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 30 de octubre de 2013 y en la base decimoprimera que rige la presente convocatoria. Dicha subvención se imputará a la aplicación presupuestaria 2018/001/097/133.01/779.99, por un importe de 799.938 euros.
SEGUNDO.- Desestimar las 36 solicitudes que se relacionan en el Anexo II, por los motivos especificados en el mismo, al no reunir las condiciones y requisitos exigidos en la convocatoria.
TERCERO.- El presente Decreto surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Los Anexos I y II referidos en este Decreto se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la página web municipal.
CUARTO.- De conformidad con los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y a efectos de a la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, el Ayuntamiento remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones información sobre las subvenciones concedidas
QUINTO.- Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante la Delegada del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como por el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 40 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 4 de octubre de 2018.- La Delegada del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, Inés Sabanés Nadal.