BOAM nº 5853 (26/09/2008)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública
2639
Decreto de 11 de septiembre de 2008 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública por el que se aprueban las bases específicas que regirán la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la categoría de Técnico Auxiliar de Transporte Sanitario del Ayuntamiento de Madrid en el marco del proceso especial de consolidación de empleo temporal.Por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos se ha formulado propuesta de aprobación de las bases específicas que regirán la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la categoría de Técnico Auxiliar de Transporte Sanitario del Ayuntamiento de Madrid en el marco del proceso especial de consolidación de empleo temporal aprobado por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 20 de febrero de 2003.
Corresponde al titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública la aprobación de las bases de selección de personal, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.3.2.i) del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 5 de junio de 2008, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos.
En consecuencia, en uso de las competencias delegadas en el artículo 3.3.2.i) del mencionado Acuerdo de la Junta de Gobierno de 5 de junio de 2008,
DISPONGO
Primero.- Aprobar las bases específicas que regirán la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso, en el marco del proceso especial de consolidación de empleo temporal aprobado por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 20 de febrero de 2003, a la categoría de Técnico Auxiliar de Transporte Sanitario del Ayuntamiento de Madrid, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Cometidos Especiales, Grupo C, Subgrupo C1 de titulación de los previstos en el artículo 76 y disposición transitoria tercera de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Dichas bases figuran como Anexo al presente Decreto.
Segundo.- Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente Decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.
- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
En ambos casos, el recurso se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículos 8.1 y 14.1.2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Madrid, a 11 de septiembre de 2008.- El Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, Juan Bravo Rivera.
ANEXO
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL ACCESO A LA CATEGORÍA DE TÉCNICO AUXILIAR DE TRANSPORTE SANITARIO DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID EN EL MARCO DEL PROCESO ESPECIAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL.
Primera. Objeto.
La realización de las pruebas selectivas convocadas para proveer plazas de Técnico Auxiliar de Transporte Sanitario se ajustará a lo establecido en las bases generales que rigen el proceso especial de consolidación de empleo temporal, aprobadas por decreto de la Concejala Delegada de Personal de fecha 23 de mayo de 2006 (B.A.M. núm. 5.707, de 8 de junio de 2006), así como a lo prevenido en las presentes bases específicas.
Segunda. Características de las plazas.
Las plazas convocadas para el acceso a la categoría de Técnico Auxiliar de Transporte Sanitario del Ayuntamiento de Madrid, se encuadran en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Cometidos Especiales, Grupo C Subgrupo C1 de titulación de los previstos en el articulo 76 y disposición transitoria tercera de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Los titulares de estas plazas desempeñarán los cometidos propios de su categoría en el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil, así como todas las funciones contempladas en el Manual de Procedimientos del Servicio, vigente en cada momento:
- La responsabilidad en la conducción del vehículo asignado.
- La responsabilidad en la revisión mecánica del vehículo, previa al inicio del servicio, y de la comunicación de las deficiencias detectadas durante su turno de trabajo, así como del repostaje del vehículo tras finalizar la guardia.
- La responsabilidad en la revisión y reposición del habitáculo asistencial en ambulancias de Soporte Vital Básico y de transporte psiquiátrico, incluyendo la recogida del material especial designado por la Dirección (electromedicina, comunicaciones, etc.) que será entregado al inicio de la guardia. Al finalizar su turno deberá devolver el material especial y dejar la unidad apta para su utilización.
- Colaborar en la revisión, reposición y limpieza de las Unidades de Soporte Vital Avanzado, bajo la supervisión del responsable de la Unidad.
- La responsabilidad en las Unidades de Soporte Vital Básico y de Transporte Psiquiátrico, de la asistencia in situ e in itinere a pacientes, conforme a los procedimientos correspondientes del Servicio.
- La responsabilidad en la operatividad de la Unidad de Soporte Vital Básico y de transporte psiquiátrico durante el servicio, dando cumplimiento a las instrucciones emanadas de la central de comunicaciones.
- La responsabilidad de las comunicaciones y en la comunicación correcta de las claves operativas atendiendo, en el caso de Unidad de Soporte Vital Avanzada a las indicaciones del máximo responsable del equipo.
- El apoyo técnico al Soporte Vital Avanzado en el ámbito de sus competencias, bajo las indicaciones del responsable de la unidad y realizando las técnicas sanitarias delegadas por el Diplomado en Enfermería.
- Realizar las tareas en la estación de comunicaciones:
. Control y atención de la consola de radiocomunicaciones.
. Manejo de líneas cabeza-cola.