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BOAM nº 10152 (22/06/2026)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

2372

Acuerdo de 18 de junio de 2026 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se avocan las competencias para la redacción de los proyectos y posterior ejecución de obras de remodelación del área infantil situada en la zona verde de la calle Darro, número 26, y de las obras de remodelación del área infantil situada en la zona verde de la calle Manuel de Falla, y se delegan en la Concejal Presidente del Distrito de Chamartín.

Desde el Distrito de Chamartín está previsto para el año 2026 la redacción de los proyectos técnicos y la posterior ejecución de las "Obras de remodelación del área infantil situada en la zona verde de la calle Darro, n.º 26, del Distrito de Chamartín" y de las "Obras de remodelación del área infantil situada en la zona verde de la calle Manuel de Falla del Distrito de Chamartín". Estas actuaciones se promueven a iniciativa de la Concejalía Presidencia de este Distrito, en base a peticiones de la ciudadanía con el objeto de mejorar el espacio público existente, así como la accesibilidad del mismo.

 

Ambos emplazamientos forman parte del Patrimonio Municipal del Suelo, al no estar ni la zona verde de la calle Darro, 26, ni la zona verde de la calle Manuel de Falla inscritas en el inventario de Vías Públicas y Zonas Verdes de 2024.

 

Conforme a lo dispuesto en el apartado 12.º 2.1.c) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, la Dirección General de Gestión Urbanística es competente para acondicionar los bienes integrantes del Patrimonio Municipal del Suelo, cuando sea necesario para el fin establecido en el planeamiento o para albergar actividades de carácter provisional.

 

No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, existen razones de índole social y técnicas que aconsejan que, de forma puntual, las actuaciones proyectadas se realicen por el propio distrito.

 

Dichas razones se derivan, desde la perspectiva de índole social, en la mayor cercanía del distrito con sus vecinos lo que le permite un conocimiento más certero de las necesidades reales y, desde el punto de vista técnico, la avocación se justifica en una mayor celeridad tanto en la redacción del proyecto de obras, que se realiza por los servicios técnicos del distrito, como en la adjudicación de las obras, que puede llevarse a cabo a través del vigente "Acuerdo Marco de obras de reforma, reparación y conservación del conjunto de edificios y espacios públicos cuya competencia corresponde al Distrito de Chamartín", que tiene suscrito el distrito, mediante la tramitación de contratos basados, procedimiento que acorta sensiblemente los plazos de tramitación, favoreciendo la eficacia y eficiencia administrativa.

 

Para que las actuaciones proyectadas puedan ser realizadas por el Distrito de Chamartín, resulta necesario que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el citado artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, avoque las competencias previamente delegadas anteriormente indicadas, y que tales competencias sean posteriormente delegadas en el Concejal Presidente del Distrito de Chamartín, única y exclusivamente en lo relativo a la redacción de los proyectos de obras, y a preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar los contratos relativos a la realización de las "Obras de remodelación del área infantil situada en la zona verde de la calle Darro, n.º 26, del Distrito de Chamartín" y de las "Obras de remodelación del área infantil situada en la zona verde de la calle Manuel de Falla del Distrito de Chamartín".

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias y del titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 18 de junio de 2026,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Avocar las competencias delegadas en la Dirección General de Gestión Urbanística en el apartado 12.º 2.1.c) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, única y exclusivamente en lo relativo a redactar los proyectos de obras, y a preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar los contratos relativos a la realización de las "Obras de remodelación del área infantil situada en la zona verde de la calle Darro, n.º 26, del Distrito de Chamartín" y de las "Obras de remodelación del área infantil situada en la zona verde de la calle Manuel de Falla del Distrito de Chamartín".

 

SEGUNDO.- Delegar en la Concejal Presidente del Distrito de Chamartín las competencias avocadas en el apartado primero.

 

Las competencias en materia de contratación y gastos que se deriven de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los distritos.

 

TERCERO.- Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.

 

CUARTO.- Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.

 

QUINTO.- Se faculta al titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias para dictar los decretos que sean necesarios para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

 

SEXTO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

SÉPTIMO.- Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.

 

Madrid, a 18 de junio de 2026.- La Directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

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