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BOAM nº 5875 (12/12/2008)
Distrito de Villa Vallecas

3251

Resolución de 25 de septiembre de 2008 de la Gerente del Distrito de Villa de Vallecas por la que se inicia expediente sancionador a don Juan Fernández Cortés, expediente 120/2008/04113.

Intentada sin efecto la notificación al interesado, se procede a la notificación por medio del presente anuncio de conformidad con el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Gestión del Distrito de Villa de Vallecas, paseo de Federico García Lorca, 12:

 

"Denunciado: Juan Fernández Cortés.

Lugar de los hechos: Calle Congosto, 21.

Hecho denunciado: Instalar terraza de veladores sin la preceptiva autorización municipal.

Normativa infringida: Artículo 4.1 de la Ordenanza Reguladora de las Terrazas de Veladores y Quioscos de Hostelería (BOCM de 26 de enero de 2007).

Calificación y artículo de la infracción: Muy grave. Artículo 53.3b) de la citada Ordenanza.

Sanción prevista: 1.500,00 euros. Artículo 54 de la misma Ordenanza.

Fecha de la denuncia: 18 de julio de 2008.

 

1. Iniciar procedimiento sancionador contra la persona arriba indicada y por los hechos así mismo señalados, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid (R.E.P.S.), cuya sanción, calificación y norma que la regula se mencionan. 

 

2. Nombrar Instructora a Otilia Montero Castellano y Secretario a Emiliano Fernández López".

 

 El Instructor y el Secretario están sujetos al régimen de recusación previsto en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

 Los interesados podrán, durante el plazo de quince días desde la notificación de la presente Resolución, formular las alegaciones y presentar los documentos que tengan por conveniente, así como proponer la práctica de las pruebas que estimen pertinentes (artículo 6.3 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid).

 

 Si el interesado no presenta alegaciones sobre la presente Resolución, ésta podrá ser considerada propuesta de resolución en el caso de que contenga un pronunciamiento preciso en todos los elementos que la integran de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid (artículo 6, 2 a) del mismo Texto).

 

 Informar al interesado de la posibilidad del reconocimiento de responsabilidades en los términos y con los efectos previstos en el artículo 8 del citado Reglamento (artículo 6, 2 b).

 

Madrid, a 25 de septiembre de 2008.- La Gerente del Distrito de Villa de Vallecas, María del Mar Angulo Pérez.

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